Consejo de Estado admite tutela contra providencia judicial pero niega medida provisional en caso administrativo
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:36:24
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de máxima instancia en materia contencioso-administrativa, profirió un auto en respuesta a una acción de tutela interpuesta contra un auto del Tribunal Administrativo de Norte de Santander. El auto admitió la demanda de tutela pero negó la medida provisional solicitada. Esta providencia se sitúa en la instancia de tutela, cuyo propósito es proteger derechos fundamentales cuando se alegan violaciones manifiestas.Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela fue presentada contra un auto del Tribunal Administrativo del Norte de Santander que revocó la suspensión provisional decretada por un juzgado administrativo oral del circuito judicial de Pamplona. La suspensión provisional original había congelado los efectos de un acuerdo municipal que fue posteriormente reactivado por el tribunal regional. Los accionantes solicitaron el amparo de su derecho fundamental al debido proceso y pidieron la suspensión de los efectos del auto del tribunal mientras se resuelve de fondo la tutela. Alegaron que, de no concederse la medida provisional, la decisión sería ineficaz debido a compromisos presupuestales ya asumidos.Consideraciones jurídicas de la providencia
El auto recuerda que, conforme al artículo 7° del Decreto 2591 de 1991, el juez de tutela puede decretar medidas provisionales para proteger derechos fundamentales en cualquier etapa del proceso, siempre que exista una vulneración manifiesta y que dichas medidas sean necesarias, pertinentes y urgentes para evitar un perjuicio irremediable. En este caso, el despacho concluyó que no se evidenció, de manera preliminar, una amenaza grave, inminente y sin posibilidad de reparación que justificara la adopción de una medida provisional. Por ello, pese a...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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