Consejo de Estado ordena medida de saneamiento en proceso sobre nulidad relativa de registro de marca
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:42:52
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, en su calidad de máximo tribunal administrativo, profirió un auto interlocutorio en el marco de un proceso judicial instaurado mediante un medio de control de nulidad relativa. Esta acción fue interpuesta por una sociedad contra dos resoluciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, que otorgaron y confirmaron el registro de una marca mixta correspondiente a productos clasificados en la clase 17 de la Clasificación Internacional de Niza.Antecedentes fácticos y procesales
La demandante solicitó la nulidad de las resoluciones administrativas con el fin de que se ordenara la cancelación del registro de la marca en cuestión. El proceso fue admitido por el Despacho, que notificó a las partes involucradas y vinculó como terceros con interés directo a dos sociedades relacionadas. En el desarrollo procesal, se adelantaron diversas diligencias: se fijó el objeto del litigio, se resolvieron solicitudes probatorias, se suspendió el proceso para solicitar una interpretación prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, y luego se reanudó el proceso para la presentación de alegatos. Durante este trámite, la parte demandante presentó la documentación requerida para acreditar la existencia y representación legal de los terceros con interés. Sin embargo, se identificó un error relacionado con la notificación: la certificación aportada correspondía a una sociedad diferente a la que fue vinculada al proceso. Por esta razón, uno de los terceros con interés directo no fue debidamente notificado.Consideraciones y motivo principal de la providencia
El Despacho advirtió que la inexistencia de notificación adecuada a uno de los terceros con interés directo constituía un defecto...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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