Consejo de Estado deniega suspensión provisional de resoluciones del Ministerio del Trabajo relacionadas con la emergencia sanitaria
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:44:47
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el marco de un medio de control de nulidad interpuesto contra tres resoluciones expedidas por el Ministerio del Trabajo durante el año 2020. La decisión corresponde a un auto interlocutorio que resuelve la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional de los efectos de dichos actos administrativos.Antecedentes fácticos y procesales
El ciudadano demandante, en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), cuestionó la legalidad de las resoluciones 0784 de 17 de marzo, 0876 de 1 de abril y 1590 de 8 de septiembre de 2020, todas expedidas por el Ministerio del Trabajo. Estas resoluciones adoptaron medidas transitorias relacionadas con la suspensión de términos procesales en procedimientos administrativos y disciplinarios, en el contexto de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19. El actor alegó que, en el momento de expedir la primera resolución, el Ministerio carecía de competencia legal para suspender términos procesales en actuaciones sancionatorias y disciplinarias, facultad que solo le fue conferida posteriormente mediante el Decreto Legislativo 491 de 28 de marzo de 2020. Sostuvo que este vicio de competencia afectaba la validez de la resolución inicial y, por conexidad, de las resoluciones subsiguientes. Además, argumentó que la suspensión de términos durante casi seis meses impactó negativamente el debido proceso, afectando la seguridad jurídica y la validez de múltiples actuaciones administrativas y sanciones. El Ministerio del Trabajo y las demás partes notificadas no...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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