Consejo de Estado rechaza solicitud de unificación jurisprudencial por ausencia de proceso en curso
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 13:55:51
Contexto y naturaleza de la decisión
El auto fue dictado por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, segunda instancia en materia administrativa, el 7 de julio de 2025. La providencia responde a una solicitud de unificación jurisprudencial planteada en virtud de la facultad otorgada por el artículo 271 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021. El solicitante, quien alega padecer una enfermedad crónica y haber sufrido presunta discriminación en procesos laborales, pidió al alto tribunal que asumiera conocimiento para expedir una sentencia que unificara criterios jurisprudenciales.Antecedentes fácticos y procesales
El solicitante argumentó vulneración de múltiples derechos fundamentales, tales como el derecho al trabajo, a la salud, a la igualdad, a la estabilidad laboral reforzada, a la no discriminación y al debido proceso, entre otros, debido a situaciones de despido y discriminación laboral relacionadas con su condición de salud. Manifestó haber agotado instancias administrativas y judiciales, incluyendo presentaciones ante el Ministerio del Trabajo, la Procuraduría General y la Corte Constitucional, sin obtener una solución favorable. En su petición, insistió en que el Estado ha persistido en la vulneración de sus derechos, y, sobre esa base, solicitó la unificación jurisprudencial para sentar un criterio claro y uniforme que beneficie a personas en situaciones similares.Consideraciones jurídicas y razones de la decisión
El artículo 271 del CPACA establece que la unificación jurisprudencial es un mecanismo excepcional mediante el cual el Consejo de Estado puede asumir conocimiento de procesos pendientes de fallo o decisión interlocutoria, con el fin de resolver divergencias en interpretación o aplicación de normas, o para establecer criterios con importancia...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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