Consejo de Estado rechaza recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia contra sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 14:5:15
Contexto y antecedentes del caso
El caso se originó a partir de una demanda presentada en 2018 contra el Municipio de Medellín mediante un proceso de reparación directa. Los demandantes reclamaban responsabilidad patrimonial debido a las lesiones sufridas en un accidente de tránsito ocurrido en 2016. En primera instancia, el Juzgado Administrativo negó las pretensiones, decisión que fue confirmada por el Tribunal Administrativo de Antioquia en 2025. Posteriormente, los demandantes interpusieron un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia contra la sentencia del Tribunal, argumentando que esta desconocía varias sentencias previas de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, especialmente una decisión emitida en 2011 por una Subsección de la Sección Tercera. Inicialmente, el Tribunal rechazó el recurso por no cumplir con el requisito de cuantía, pero tras la actualización de las pretensiones, que superaron los 450 salarios mínimos legales mensuales vigentes, revocó esa decisión y admitió el recurso para su trámite.Fundamentos legales y competencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en su calidad de instancia máxima para este tipo de recursos, es competente para decidir sobre la admisión o rechazo de los recursos extraordinarios de unificación de jurisprudencia, conforme a los artículos 257, 259 y 265 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) y el artículo 14 del Acuerdo 80 de 2019. Este recurso tiene como finalidad garantizar la unidad y uniformidad en la interpretación y aplicación del derecho, así como proteger los derechos de las partes afectadas por las sentencias de los tribunales administrativos. Para su procedencia, además de la cuantía mínima requerida,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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