Consejo de Estado ordena requerimiento de documentos en demanda de nulidad electoral contra consulta popular del Pacto Histórico
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 14:18:1
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, es el tribunal encargado de conocer de los medios de control relacionados con actos administrativos, entre ellos, las nulidades electorales. En este caso, la providencia corresponde a un auto emitido en el marco de un proceso de nulidad electoral interpuesto contra el acto que consolidó y declaró los resultados de la consulta popular del Pacto Histórico, realizada el 26 de octubre de 2025.Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011, solicitó la nulidad del acto mediante el cual la Registraduría Nacional del Estado Civil consolidó y declaró los resultados de la consulta popular para la escogencia de candidatos a la Cámara de Representantes, Senado y Presidencia de la República. La demanda también incluye la petición de cancelación del reconocimiento legal de quienes resultaron elegidos en dicho proceso. Se indicó que, para la realización de la consulta popular, existió un acuerdo entre la autoridad electoral y el grupo político convocante, en el que se definieron aspectos fundamentales tales como los puestos de votación, el censo electoral, el potencial de las mesas, el alcance del proceso y la inscripción de precandidatos. Sin embargo, no se allegó el documento completo que contiene dicho acuerdo.Consideraciones y fundamentos jurídicos
De conformidad con lo establecido en el numeral 1º del artículo 166 de la Ley 1437 de 2011, el demandante debe presentar copia del acto administrativo objeto de la demanda. Al momento de la radicación, no se contó...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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