Consejo de Estado inadmite demanda contra acuerdos del Consejo Superior de la Universidad Tecnológica del Chocó
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 14:18:47
Contexto y competencia
La providencia fue proferida por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, conforme a lo establecido en el artículo 149 de la Ley 1437 de 2011 y el Acuerdo 080 de 2019. Esta competencia corresponde a la revisión de nulidad de actos administrativos expedidos por autoridades del orden nacional, en este caso, los acuerdos emanados del Consejo Superior de una universidad pública nacional.Antecedentes fácticos y procesales
Un ciudadano presentó demanda solicitando la nulidad de tres acuerdos adoptados el 24 de octubre de 2025 por el Consejo Superior de la Universidad Tecnológica del Chocó. Estos acuerdos se relacionan con la convocatoria y reglamentación de elecciones para representantes de docentes, egresados y directivas académicas ante dicho órgano colegiado. La demanda argumenta que estas decisiones se adoptaron sin la participación del comité electoral, órgano competente para estos procesos, y en contravención a una orden judicial previa que disponía dar continuidad al proceso electoral iniciado en 2024. El demandante fundamentó su concepto de violación en presuntas transgresiones a varios artículos constitucionales —entre ellos los artículos 6º, 29, 40 y 69— y normas legales como la Ley 30 de 1992, la Ley 1437 de 2011 y la Ley 1757 de 2015, así como el reglamento electoral interno de la universidad y un fallo judicial en tutela. También cuestionó la competencia del Consejo Superior para expedir dichos actos y alegó vulneración del debido proceso, de la autonomía universitaria, y de los principios de buena fe y confianza legítima.Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado reconoció su...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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