Consejo de Estado se abstiene de unificar jurisprudencia sobre caducidad en contratos realidad en salud pública
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 14:22:24
Contexto y naturaleza de la providencia
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda – Subsección A, emitió un auto interlocutorio el 19 de septiembre de 2025 en respuesta a una solicitud de unificación de jurisprudencia presentada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda – Subsección C. La solicitud buscaba resolver las divergencias interpretativas sobre la aplicación de la figura de caducidad en procesos que buscan desnaturalizar contratos de prestación de servicios en entidades públicas de salud, conocidos como “contratos realidad”.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó por la demanda interpuesta contra una Subred Integrada de Servicios de Salud, en la cual se solicitaba declarar la existencia de una relación laboral entre un demandante y dicha entidad durante un periodo que abarcó varios años. Se pedía, además, el pago de prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social que, según el demandante, no le habían sido reconocidos. En primera instancia, el juzgado administrativo reconoció la existencia de la relación laboral y ordenó el pago correspondiente. Posteriormente, la entidad demandada apeló la decisión, argumentando que la prestación de servicios estaba ajustada a la normativa vigente y que no existía relación laboral directa, sino contratos de prestación de servicios debidamente ejecutados. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió el recurso de apelación y, antes de dictar sentencia, planteó la solicitud de unificación de jurisprudencia debido a la supuesta disparidad de criterios en la aplicación de la caducidad para prestaciones distintas a los aportes pensionales en casos similares.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado analizó la solicitud con base en...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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