Consejo de Estado admite apelación en caso sobre prima especial de servicios
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 14:24:57
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección A del Consejo de Estado, en instancia de apelación. La decisión se pronunció sobre un recurso interpuesto contra la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Boyacá el 12 de septiembre de 2024, que había accedido parcialmente a las pretensiones de la demanda relacionada con la prima especial de servicios contemplada en la legislación vigente.Antecedentes del caso
El proceso se originó a raíz de una demanda presentada contra la Nación – Rama Judicial, específicamente contra la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial. La controversia gira en torno a la interpretación y aplicación del artículo 14 de la Ley 4 de 1992, que regula la prima especial de servicios en el sector judicial. La sentencia inicial otorgó parcialmente las pretensiones del demandante, lo que motivó la interposición del recurso de apelación por parte de la apoderada de la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial.Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado verificó que el recurso de apelación cumple con los requisitos legales, habiendo sido interpuesto y sustentado dentro de los términos establecidos. En consecuencia, decidió admitirlo para su trámite conforme a lo dispuesto en el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021. La providencia establece que, una vez ejecutoriada esta decisión, la secretaría deberá remitir el expediente al despacho correspondiente para que se profiera la sentencia definitiva. Además, se contempla la posibilidad de que las partes soliciten la práctica de pruebas...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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