Consejo de Estado confirma negativa de pruebas en proceso de pérdida de investidura de concejal de Sogamoso
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 14:26:17
Contexto y competencia
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en calidad de segunda instancia, resolvió el recurso de apelación interpuesto contra un auto proferido por el Tribunal Administrativo de Boyacá que negó el decreto de varias pruebas en un proceso de pérdida de investidura de una concejal del municipio de Sogamoso, Boyacá. La competencia para conocer de este recurso está establecida en el artículo 150 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), en concordancia con la Ley 2080 de 2021.Antecedentes fácticos y procesales
La parte actora solicitó la pérdida de investidura de la concejal por supuesta violación del régimen de inhabilidades, específicamente por haber celebrado un contrato de prestación de servicios con una entidad estatal, lo que, según la demanda, configuraría la causal prevista en el numeral 3° del artículo 40 de la Ley 617 de 2000. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Boyacá negó la práctica de pruebas documentales y el interrogatorio de parte solicitados por la concejal demandada, salvo una prueba documental requerida por el Ministerio Público, considerando que algunas pruebas no eran pertinentes, conducentes ni útiles, y que otras fueron aportadas fuera de término o ya reposaban en el proceso. La apelación fue presentada por la defensa de la concejal, solicitando la práctica de pruebas que incluyen la remisión de denuncias presentadas por la concejal por presuntas conductas de violencia, discriminación y hostigamiento en el Concejo y la alcaldía de Sogamoso, así como el interrogatorio de la parte actora.Consideraciones de la providencia
El Consejo de Estado analizó la procedencia de las...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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