Consejo de Estado declara terminación anticipada en acción de cumplimiento contra Aerocivil por nombramiento en periodo de prueba
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 14:53:21
Contexto y tribunal competente
El auto fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, máxima instancia en materia administrativa en Colombia. La providencia resuelve el trámite de una acción de cumplimiento instaurada para exigir el cumplimiento de disposiciones normativas relacionadas con procesos de selección y nombramiento de personal en la Aerocivil. El trámite se encontraba en segunda instancia, tras sentencia previa del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.Antecedentes del caso
En ejercicio de la acción de cumplimiento prevista en el artículo 87 de la Constitución Política y desarrollada mediante la Ley 393 de 1997, una demandante presentó reclamación contra la Aerocivil y la CNSC con el fin de que se ordenara el cumplimiento de lo establecido en el artículo 5 de la Resolución No. 5609 de 2025 expedida por la CNSC y el artículo 2.2.20.2.22 del Decreto 1083 de 2015. Estas disposiciones disponen que el nombramiento en periodo de prueba debe realizarse en estricto orden de mérito y dentro de los 30 días siguientes a la firmeza de la lista de elegibles emanada del proceso de selección. La demandante, ubicada en la primera posición de la lista de elegibles para un empleo específico en la planta de personal de la Aerocivil, solicitó formalmente dicho nombramiento. Sin embargo, la Aerocivil argumentó que aún se encontraban en trámite fases administrativas necesarias, como el estudio de seguridad y la audiencia pública para la escogencia de vacante, previas al nombramiento. El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sentencia de primera instancia, accedió a la petición ordenando a la Aerocivil cumplir con el nombramiento en...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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