Consejo de Estado rechaza recusación contra secretaria de la Sección Quinta en proceso electoral del Magdalena
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 15:3:52
Contexto y tribunal encargado
La providencia en cuestión fue proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado, máxima corporación en lo contencioso administrativo en Colombia. Se trata de un auto, es decir, una decisión interlocutoria, emitida en el curso del proceso de nulidad electoral que se adelanta contra un diputado electo para el período 2024-2027 en la Asamblea Departamental del Magdalena.Antecedentes de la controversia
El proceso se originó a partir de la confirmación, en segunda instancia, de la nulidad de la elección del diputado demandado por encontrarse incurso en la prohibición constitucional de doble militancia en la modalidad de apoyo político. Posteriormente, el demandado interpuso una recusación contra la secretaria de la Sección Quinta, alegando que esta había expedido de manera prematura la constancia de ejecutoria de la sentencia que confirmó la nulidad electoral, pese a que aún estaba pendiente la resolución de una solicitud de adición presentada por él frente a dicho fallo.Fundamentos y análisis de la decisión
La recusación fue tramitada conforme a lo previsto en el Código General del Proceso (CGP) y el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que regulan las causales y procedimientos para este tipo de solicitudes. En particular, el demandado invocó como causal el supuesto interés directo o indirecto de la secretaria en el proceso. El Consejo de Estado evaluó que la recusación carecía de fundamentación suficiente para demostrar la existencia de interés personal o parcialidad de la secretaria. El demandado se limitó a expresar inconformidad con la expedición de la constancia de ejecutoria, sin aportar argumentos que evidenciaran que la funcionaria...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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