Consejo de Estado ajusta efectos y admite recurso de apelación en caso de protección de derechos colectivos en Nariño
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 15:7:45
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de instancia superior revisora. La decisión se refiere a un proceso originado en la jurisdicción administrativa regional, específicamente ante el Tribunal Administrativo de Nariño, que emitió una sentencia el 4 de julio de 2025 en un caso de protección de derechos e intereses colectivos, promovido por la Defensoría del Pueblo Regional Nariño contra entidades estatales.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se inició con una acción promovida por la Defensoría del Pueblo Regional Nariño contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional, el Departamento de Nariño – Secretaría de Educación Departamental y el Municipio de San Lorenzo, en procura de la protección de derechos colectivos. El Tribunal Administrativo de Nariño concedió parcialmente las pretensiones, impartiendo órdenes a las entidades demandadas mediante sentencia. Posteriormente, el Departamento de Nariño interpuso recurso de apelación contra dicha sentencia, el cual fue concedido inicialmente en efecto suspensivo por el tribunal regional.Consideraciones jurídicas y fundamento del auto interlocutorio
El Consejo de Estado observó que el Tribunal Administrativo de Nariño otorgó el recurso de apelación en efecto suspensivo, cuando según el artículo 37 de la Ley 472 de 1998 y los artículos 323 y 325 del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), este recurso contra sentencias condenatorias en medios de control de protección de derechos colectivos debe concederse en efecto devolutivo. La jurisprudencia de la misma Sección Primera ha reiterado esta interpretación, precisando que solo en casos excepcionales...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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