Consejo de Estado niega aclaración y adición sobre competencia en señalización vial en Ocaña
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 15:8:40
Contexto y naturaleza de la providencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, emitió un auto interlocutorio el 30 de octubre de 2025, en respuesta a la solicitud de aclaración y adición de una sentencia de segunda instancia proferida el 28 de agosto de 2025. Dicha sentencia resolvió un proceso iniciado en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander, donde se ordenó la adopción de medidas para proteger derechos colectivos relacionados con la seguridad vial y el uso del espacio público en la vía nacional que atraviesa el municipio de Ocaña.Antecedentes fácticos y procesales
La Defensoría del Pueblo, Regional Ocaña, presentó demanda de protección de derechos e intereses colectivos contra INVIAS y el Municipio de Ocaña, ante el riesgo generado por el desorden vehicular y la falta de señalización en la avenida Francisco Fernández de Contreras, perteneciente a la red vial nacional no concesionada. Se destacó la ausencia de semaforización y dispositivos reguladores en intersecciones críticas con alta accidentalidad. En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Norte de Santander ordenó a INVIAS y al Municipio implementar señales de tránsito, demarcación vial, reductores de velocidad y semáforos en las intersecciones más peligrosas de la avenida, señalando plazos concretos para su cumplimiento. En segunda instancia, el Consejo de Estado modificó parcialmente el fallo para establecer la conformación de un comité de verificación del cumplimiento, pero confirmó las órdenes impartidas. Posteriormente, INVIAS solicitó aclaración y adición de la sentencia, argumentando que no tiene competencia para instalar semáforos, ya que esta función corresponde exclusivamente al Municipio según la normatividad vigente,...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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