Consejo de Estado niega acción de cumplimiento contra Ministerio de Agricultura por proyecto de ley sobre adecuación de tierras
Proviene de: Sentencias
4 de diciembre de 2025 15:9:37
Contexto y tribunal competente
La Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conoció en segunda instancia el recurso de impugnación presentado contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Quindío, dictada en primera instancia. La providencia corresponde a una acción de cumplimiento interpuesta por el Procurador Judicial para Asuntos Ambientales y Agrarios de Armenia contra el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, la Agencia de Desarrollo Rural (ADR) y la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA).Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó a partir del inciso sexto del artículo 36 de la Ley 2294 de 2023, que estableció la obligación para el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación con la ADR y la UPRA, de elaborar un proyecto de ley que modifique la Ley 41 de 1993, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de dicha ley. La acción de cumplimiento fue presentada debido a que el Procurador Judicial consideró que las entidades demandadas no habían cumplido con esta obligación, ya que, aunque se había elaborado un proyecto, éste no había sido radicado ante el Congreso de la República. En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Quindío declaró el hecho superado, reconociendo la elaboración del proyecto y exhortando al Ministerio a radicarlo en un término razonable. La parte demandante interpuso recurso de apelación argumentando que la obligación legal no solo comprendía la elaboración, sino también la radicación del proyecto, por lo que el mandato no había sido cumplido.Consideraciones de la providencia y decisión final
El Consejo de Estado analizó tres aspectos fundamentales: 1. Constitución en...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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