Consejo de Estado niega recurso extraordinario de unificación en caso de presunta falla en servicio de salud penitenciario
Proviene de: Sentencias
5 de diciembre de 2025 11:14:36
Providencia y tribunal competente
El 13 de noviembre de 2025, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia interpuesto contra una sentencia de segunda instancia del Tribunal Administrativo de Santander, dictada el 25 de julio de 2024. La providencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo actúa como órgano de cierre jurisdiccional para asegurar la interpretación uniforme del derecho en materia contenciosa administrativa.Antecedentes del caso
El proceso se originó con una demanda de reparación directa presentada en 2018 contra el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC). Los demandantes reclamaron responsabilidad patrimonial por daños materiales y morales derivados de la atención médica tardía e insuficiente brindada a un recluso diagnosticado con cáncer, que finalmente falleció. Se alegó pérdida de oportunidad en el tratamiento y deficiencias en el diagnóstico durante la privación de la libertad. En primera instancia, el Juzgado Administrativo de Bucaramanga negó las pretensiones al considerar que no se acreditó falla en el servicio médico, tratándose de una obligación de medio, ni que la muerte estuviera vinculada a negligencia sino a la gravedad de la enfermedad. El tribunal también concluyó que el recluso sí recibió atención médica, a pesar de algunos inconvenientes administrativos en su afiliación al sistema de salud. El Tribunal Administrativo de Santander confirmó esta decisión, señalando que no se demostró que el INPEC ni la USPEC hubiesen restringido el acceso a los servicios médicos ni incumplido su deber de garante. Tampoco se configuró la pérdida de oportunidad porque...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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