Consejo de Estado confirma responsabilidad patrimonial por falla en servicio médico que causó muerte de menor afiliada a Caprecom
Proviene de: Sentencias
5 de diciembre de 2025 11:22:31
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Tercera – Subsección B, con sede en Bogotá D.C., resolvió el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia emitida por el Tribunal Administrativo del Chocó el 29 de octubre de 2021. La providencia se pronunció sobre una acción de reparación directa relacionada con presunta falla del servicio médico por parte de la EPS Caprecom.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada oportunamente por los familiares directos de la menor fallecida, quienes alegaron que la entidad demandada incurrió en una grave falla del servicio médico. Según los hechos probados, la menor, diagnosticada con anemia de células falciformes, consultó inicialmente en un hospital de primer nivel por síntomas severos como dolor abdominal intenso, fiebre y dificultad respiratoria. A pesar de la gravedad, se evidenciaron múltiples demoras en remisiones a centros hospitalarios de mayor complejidad y la omisión de exámenes diagnósticos indispensables como tomografía axial computarizada (TAC) y ecografía abdominal, además de la no valoración por cirugía pediátrica. Estos retrasos incluyeron horas de espera para la realización de transfusiones y la demora en el traslado aéreo a un hospital de tercer nivel, donde la paciente falleció días después por falla respiratoria y multiorgánica. La entidad demandada reconoció que se realizaron procedimientos conforme a los protocolos médicos vigentes y atribuyó las demoras a trámites administrativos fuera de su control, alegando ausencia de nexo causal entre su actuación y el desenlace fatal. Se propusieron excepciones basadas en la lex artis médica, fuerza mayor e incumplimiento imputable a las IPS.Consideraciones del Consejo de Estado
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