Consejo de Estado reconoce responsabilidad patrimonial del Ejército Nacional en muerte de civiles en Tolima
Proviene de: Sentencias
5 de diciembre de 2025 11:27:7
Competencia e instancia
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Tolima que, en primera instancia, negó las pretensiones de reparación directa presentadas por familiares de las víctimas.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se origina en el asesinato de seis civiles en la zona rural del municipio de Coyaima, Tolima, el 23 de junio de 2008, durante la ejecución de la misión táctica "190 Jinete" por parte del Batallón de Infantería Nº 18 “CR Jaime Rooke” del Ejército Nacional. Los militares inicialmente reportaron que las víctimas murieron en un enfrentamiento armado, presentándolos como delincuentes abatidos en combate. Sin embargo, los demandantes alegaron que las víctimas fueron ejecutadas extrajudicialmente, conocidas como “falsos positivos”, y que no formaban parte de ningún grupo armado ilegal. La demanda fue presentada en ejercicio de la acción de reparación directa contra la Nación - Ministerio de Defensa - Ejército Nacional, solicitando la indemnización por perjuicios morales, materiales y garantías de no repetición. El Tribunal Administrativo del Tolima, en 2013, negó la demanda al concluir que no se probó la tortura ni que las víctimas fueran civiles indefensos, sosteniendo que la muerte ocurrió en un enfrentamiento legítimo. La parte demandante interpuso recurso de apelación, que fue admitido por el Consejo de Estado, el cual procedió a analizar exhaustivamente la prueba allegada, incluyendo informes militares, periciales, testimonios, y documentos judiciales, además de valorar los antecedentes judiciales de las víctimas y la aceptación de responsabilidad...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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