Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, se basaría en el mandato del artículo 3, parágrafo 2 de la Ley 2385 de 2024 y modificaría aspectos relacionados con la regulación de las actividades taurinas en Colombia durante el periodo de transición previo a su prohibición total. La iniciativa se enmarcaría en un contexto de recomendaciones internacionales, como las del Comité para los Derechos del Niño de Naciones Unidas y la Organización Internacional del Trabajo, que instan a proteger a los menores de edad y a garantizar el bienestar animal. Asimismo, consideraría las sentencias de la Corte Constitucional que reconocen la tauromaquia como manifestación cultural, pero que exigen medidas para minimizar el sufrimiento animal y limitar la promoción estatal de estas actividades.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto tendría como propósito principal reglamentar las condiciones para el desarrollo de corridas de toros, rejoneo, novilladas, becerradas y tientas, así como los procedimientos utilizados en estos eventos durante el periodo de transición antes de la prohibición total establecida en la Ley 2385 de 2024. Se buscaría asegurar que estas actividades se realicen bajo estrictos estándares técnicos, éticos y legales de bienestar y protección animal, además de establecer limitaciones relacionadas con la tradición cultural y la participación de menores de edad.
Modificaciones y regulaciones propuestas
Entre las medidas relevantes que plantearía el proyecto, se incluirían:
- La autorización de eventos taurinos solamente en municipios o distritos donde exista una tradición ininterrumpida desde 2010, comprobada mediante actos administrativos y soportes de realización.
- Limitación de la realización de actividades taurinas a los lugares y fechas tradicionales, sin extenderse a otros momentos o escenarios.
- Prohibición expresa del uso de recursos públicos para la construcción de instalaciones o financiación de estos eventos, así como la promoción estatal de los mismos.
- Requisitos sanitarios rigurosos para la movilización de los animales, conforme a las disposiciones del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y el Ministerio de Transporte, incluyendo guías sanitarias, registros y manuales de manejo y transporte.
- Condiciones estrictas para el manejo y bienestar animal durante los eventos, como la prohibición del uso de elementos que provoquen dolor o descargas eléctricas, la disponibilidad continua de agua y alimento, y la supervisión permanente por un equipo veterinario certificado.
- Duración prudencial de la exhibición por animal, suspensión inmediata y sustitución en caso de lesiones o signos de sufrimiento, y registro clínico individual para cada ejemplar.
- Prohibición del ingreso y participación de menores de edad en cualquier rol relacionado con las actividades taurinas, así como la restricción de su asistencia a estos eventos.
- Regulación específica para las tientas, limitándolas a prácticas privadas, con presencia veterinaria obligatoria y prohibición de su realización como espectáculos públicos.
- Establecimiento de veedurías ciudadanas para la vigilancia de las condiciones técnicas, sanitarias y de bienestar animal durante los eventos, con acceso controlado y acompañamiento de las autoridades locales.
Acciones y disposiciones adicionales
El proyecto propondría además que las entidades territoriales implementaran actividades de divulgación y sensibilización sobre la Ley 2385 de 2024 y el bienestar animal en el marco de los eventos taurinos, con un enfoque preventivo y educativo. También se establecería un plan de formación dirigido a organizadores y gremios vinculados, orientado hacia la transformación progresiva de las plazas de toros en espacios culturales, artísticos, deportivos o comunitarios. Las autoridades locales tendrían la responsabilidad de supervisar el cumplimiento de las disposiciones y de imponer sanciones, incluidas la suspensión o cancelación de eventos en caso de incumplimiento.
Participación de actores clave
La supervisión y control del cumplimiento recaería en las autoridades territoriales, el Instituto Colombiano Agropecuario, las secretarías de gobierno, ambiente y agricultura o sus equivalentes en cada jurisdicción. Además, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes coordinaría con otros ministerios para la implementación y seguimiento del decreto. La participación ciudadana se fomentaría mediante veedurías ciudadanas constituidas conforme a la Ley 850 de 2003, que tendrían funciones de vigilancia preventiva y reporte ante los organismos de control estatal.
Información adicional y participación ciudadana
Se espera que el proyecto de decreto sea puesto a disposición pública para consulta, permitiendo a la ciudadanía y a los sectores interesados enviar observaciones dentro del plazo que establezcan las autoridades competentes. Esta apertura facilitaría un proceso participativo en el diseño final de la reglamentación que regirá el periodo transitorio de las actividades taurinas en Colombia.
En suma, el proyecto de decreto buscaría regular rigurosamente las actividades taurinas durante el periodo de transición antes de su prohibición total, asegurando el respeto por la tradición cultural, pero priorizando los estándares de bienestar animal y la protección de los derechos de los menores. De esta manera, se pretende equilibrar la preservación de una manifestación cultural con las exigencias contemporáneas en materia de ética y derechos, garantizando un proceso ordenado y responsable hacia la eliminación definitiva de estas prácticas.