Tipo de Acuerdo y Entidades Involucradas
El Acuerdo 889 de 2025 es un acto normativo expedido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA) el 5 de diciembre de 2025, el cual deroga el Acuerdo 690 de 2023. Aplica a operadores del juego de lotería tradicional o de billetes, incluyendo departamentos, el Distrito Capital, la Sociedad Nacional de la Cruz Roja Colombiana, municipios autorizados, Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE), sociedades de economía mixta y demás operadores autorizados, así como asociaciones y formas jurídicas constituidas entre estos entes.
Objeto y Finalidad del Acuerdo
El acuerdo tiene como objeto establecer lineamientos, requisitos, criterios de asignación, procedimientos, plazos procesales y consecuencias jurídicas para la elaboración y gestión del cronograma anual de sorteos extraordinarios. Busca normar la solicitud de asignación de fechas, validación técnica de planes de premios, modificaciones y reasignaciones para garantizar la programación ordenada y eficiente de estos sorteos, reforzando el cumplimiento normativo y la vinculación de los recursos generados al sector salud.
Ámbito de Aplicación
El acuerdo es de aplicación nacional para todos los operadores autorizados por la Ley 643 de 2001 y sus modificaciones, que explotan el monopolio rentístico de los juegos de suerte y azar mediante la realización de sorteos extraordinarios. Regula la operación de sorteos en modalidades individual, asociada o mixta, en el marco de la explotación pública del juego de lotería tradicional.
Principales Disposiciones y Compromisos
- Límite de Sorteos: Cada operador podrá realizar hasta dos sorteos extraordinarios anuales, bajo modalidad individual, asociada o mixta, sin superar un sorteo por mes calendario ni más de un sorteo extraordinario por semana calendario.
- Solicitud y Asignación de Fechas: Los operadores deben presentar solicitud ante la Secretaría Técnica del CNJSA antes del 1° de noviembre del año anterior, acompañada de información detallada como modalidad, valor estimado del plan de premios, certificado de reserva técnica y detalles de operadores asociados si aplica.
- Validación de Planes de Premios: Los planes deben ser aprobados por el máximo órgano de dirección del operador y cumplir con los requisitos técnicos, financieros y de administración de riesgos previstos en la normativa vigente. La presentación debe hacerse con al menos tres meses de anticipación a la fecha asignada.
- Modificación y Reasignación de Fechas: Las modificaciones solo proceden por causas de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditados, con solicitud presentada con un mínimo de tres meses de antelación, salvo casos sobrevinientes.
- Prohibiciones: El acuerdo prohíbe realizar sorteos sin autorización, exceder el límite de sorteos, programar más de un sorteo por mes o semana, y anticipar sorteos sin autorización del CNJSA.
- Seguimiento y Control: La Secretaría Técnica supervisa el cumplimiento, pudiendo informar incumplimientos a la Superintendencia Nacional de Salud para la imposición de medidas administrativas y sanciones.
Impacto Potencial y Relevancia
La regulación busca optimizar la gestión del monopolio rentístico del juego de lotería tradicional, asegurando la generación de recursos para el sector salud, principal beneficiario de estas rentas. Al establecer criterios técnicos rigurosos para la programación y validación de sorteos, se promueve la transparencia, la sostenibilidad financiera y la estabilidad del monopolio público. Además, el mecanismo de asignación basado en el desempeño de transferencias al sector salud incentiva la eficiencia de los operadores y prioriza el bienestar colectivo.
Sustento Legal y Marco Normativo
El acuerdo se fundamenta en el artículo 47 de la Ley 643 de 2001 y sus modificaciones, especialmente la Ley 2294 de 2023, así como en el Decreto 1068 de 2015 que reglamenta aspectos técnicos y operativos del juego de lotería tradicional. También se apoya en memorandos de entendimiento con la Superintendencia Nacional de Salud para fortalecer la cooperación en la vigilancia y control del sector.
Mecanismos de Seguimiento y Evaluación
La Secretaría Técnica del CNJSA desempeña un papel central en la evaluación y validación de solicitudes, planes de premios y modificaciones. El acuerdo prevé la publicación oficial del cronograma y la gestión transparente de fechas liberadas para garantizar la continuidad y eficiencia operativa. Asimismo, la coordinación con la Superintendencia Nacional de Salud asegura la detección y sanción de incumplimientos, resguardando los intereses públicos y la finalidad social del monopolio rentístico.
Este Acuerdo 889 de 2025 representa un avance normativo significativo para regular el juego de lotería tradicional en Colombia, alineando la operación de los sorteos extraordinarios con principios de legalidad, eficiencia y responsabilidad social. Con esta regulación, se espera fortalecer la confianza de la ciudadanía en la gestión del monopolio rentístico y asegurar que los recursos generados contribuyan efectivamente al desarrollo y mejoramiento del sector salud en todo el país.