Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca adopta resolución para acotar la ronda hídrica de la quebrada Casablanca
Proviene de: Resoluciones
12 de diciembre de 2025 23:50:25
Entidades, fecha y ámbito de la resolución
La resolución fue emitida por el Subdirector General de Planificación y Ordenamiento Ambiental de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) el 5 de diciembre de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.329, el 9 de diciembre de 2025. El acto administrativo regula específicamente la ronda hídrica de la quebrada Casablanca, ubicada en el municipio de Sopó, dentro de la jurisdicción de la CAR.Tema principal y destinatarios
El tema central de la resolución es el acotamiento —es decir, la delimitación física y funcional— de la ronda hídrica de la quebrada Casablanca, incluyendo la definición de sus elementos constitutivos y las estrategias para su manejo ambiental. Los destinatarios principales son las autoridades locales, los propietarios y poseedores de terrenos en la zona, así como la comunidad en general del municipio de Sopó. Esto es relevante porque estas áreas deben ser gestionadas conforme a las disposiciones ambientales establecidas para garantizar la conservación del recurso hídrico y su entorno.Objetivo y finalidad
El objetivo de la resolución es establecer un marco normativo claro y obligatorio para proteger la ronda hídrica de la quebrada Casablanca, con el fin de conservar su biodiversidad, regular el uso del suelo, prevenir riesgos ambientales y garantizar la prestación de servicios ecosistémicos asociados al recurso hídrico. Además, busca incorporar esta delimitación como determinante ambiental de superior jerarquía en el Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT) del municipio.Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece:- El acotamiento de la ronda hídrica incluyendo dos elementos constitutivos: la faja paralela al cauce permanente (aproximadamente 10.816 m²) y el área de protección...
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