Contexto y entidad emisora
La Resolución 8060 de 2025, publicada el 10 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial No. 53.330, fue expedida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), órgano encargado de la regulación en el sector de las telecomunicaciones en Colombia. La CRC actúa en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 1341 de 2009, modificada en aspectos relevantes por la Ley 1978 de 2019, así como por otras normas complementarias y resoluciones previas, entre ellas las Resoluciones CRC 6936, 7609 y 7610.
Objeto y destinatarios de la resolución
El tema central de la resolución es la fijación de la tarifa de la contribución anual que deben pagar los proveedores sometidos a la regulación de la CRC para la vigencia 2026. Esta contribución se calcula sobre los ingresos brutos obtenidos en el año 2025. Los destinatarios principales son los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones y los operadores de servicios postales, exceptuando ciertos operadores públicos y el operador postal oficial respecto a servicios del Servicio Postal Universal, quienes cuentan con exenciones expresas.
Finalidad y procedimiento establecido
La resolución tiene como finalidad principal asegurar la recuperación de los costos asociados al servicio de regulación prestado por la CRC, cubriendo gastos de funcionamiento, inversión y depreciación. Para ello, fija la tarifa de contribución en un
0,1416% de los ingresos brutos del año anterior.
El procedimiento para la liquidación y pago de la contribución se divide en dos cuotas durante el año 2026:
- Una primera cuota, a pagarse entre el 1 y el 31 de enero de 2026, calculada sobre los ingresos obtenidos hasta el 30 de junio de 2025.
- Una segunda cuota, a pagarse entre el 1 y el 31 de julio de 2026, calculada sobre los ingresos totales del año 2025, descontando la primera cuota ya abonada.
El pago deberá realizarse a través de la plataforma “Contribuciones CRC” disponible en la página web de la CRC, con requisitos específicos de roles para los usuarios encargados de la presentación.
Exenciones y particularidades
La resolución reitera las exenciones establecidas en la ley para ciertos operadores, tales como:
- El operador postal oficial respecto a los servicios del Servicio Postal Universal.
- Los operadores públicos del servicio de televisión abierta radiodifundida y de radiodifusión sonora, cuya contribución será transferida a la CRC por el Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
- Los operadores del servicio de televisión comunitaria, exentos por un período de cinco años.
- Proveedores de acceso a Internet fijo residencial minorista con menos de 30.000 usuarios al 31 de diciembre de 2020, conforme a la Ley 2108 de 2021.
También se establece un régimen especial para el servicio de Internet comunitario fijo, sujeto a futuras definiciones regulatorias.
Base legal y delegaciones administrativas
La resolución se fundamenta en el artículo 24 de la Ley 1341 de 2009 (modificado por la Ley 1978 de 2019), y en normas complementarias como la Ley 489 de 1998, el Estatuto Tributario y diversas resoluciones internas de la CRC.
Además, delega en diferentes funcionarios de la CRC la facultad para expedir actos administrativos relacionados con la fiscalización, imposición de sanciones y cobro coactivo de la contribución, en función de los montos involucrados, estableciendo un esquema escalonado para la gestión de estos procedimientos.
Impacto y vigencia
Con esta resolución, la CRC asegura los recursos necesarios para su operación durante 2026, manteniendo un mecanismo transparente y equitativo para la contribución de los proveedores regulados. Asimismo, establece canales de atención y capacitación para los prestadores del servicio, especialmente en lo relativo al Internet comunitario fijo.
La resolución entró en vigencia desde su publicación, con capacidad para ajustar plazos ante eventualidades técnicas, garantizando flexibilidad administrativa.
| Aspecto |
Detalle |
| Entidad emisora |
Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) |
| Norma |
Resolución 8060 de 2025 (10 de diciembre de 2025) |
| Tarifa fijada |
0,1416% sobre ingresos brutos 2025 |
| Destinatarios |
Proveedores regulados de telecomunicaciones y operadores postales (con excepciones) |
| Plazos de pago |
Dos cuotas: enero 2026 (1ª cuota) y julio 2026 (2ª cuota) |
| Exenciones |
Operador postal oficial SPU, operadores públicos de televisión, televisión comunitaria (5 años), proveedores residenciales con menos de 30.000 usuarios |
| Base legal |
Ley 1341 de 2009, Ley 1978 de 2019, Ley 2108 de 2021, Estatuto Tributario, resoluciones CRC |
| Delegaciones administrativas |
Facultades delegadas para fiscalización, sanciones y cobro coactivo según montos |
| Vigencia |
Desde la publicación en diciembre 2025 |