Contexto y entidad emisora
La Resolución 101 087 de 2025 fue emitida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 30 de octubre de 2025 y publicada en el Diario Oficial No. 53.330 el 10 de diciembre de 2025. Esta resolución modifica las Resoluciones CREG 174 de 2021 y CREG 101 072 de 2025, así como otras disposiciones relacionadas con la autogeneración y las comunidades energéticas.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula aspectos clave de la autogeneración eléctrica a pequeña escala, generación distribuida y comunidades energéticas, con el propósito de armonizar los procedimientos de conexión, reconocimiento y comercialización de excedentes de energía. Está dirigida principalmente a autogeneradores, comercializadores de energía, operadores de red, y comunidades organizadas que participan en el sector eléctrico. Estos grupos son fundamentales para la transición energética y el desarrollo sostenible, pues contribuyen a diversificar la matriz energética y promover fuentes renovables.
Objetivos de la resolución
El principal objetivo de la resolución es ajustar el marco regulatorio para la integración eficiente y equitativa de la autogeneración y las comunidades energéticas al Sistema Energético Nacional, garantizando la competencia y la correcta remuneración de los excedentes de energía producidos. Además, busca establecer mecanismos transitorios para la aplicación de nuevos precios y procedimientos, y definir criterios claros para la distribución y liquidación de energía excedentaria.
Decisiones y regulaciones clave
Entre las principales modificaciones destacan:
- Transición en la metodología de precios: Se establece un periodo transitorio para aplicar el precio promedio ponderado de contratos (Mc m) en lugar del precio de bolsa horario para la liquidación de excedentes de autogeneradores a pequeña escala y generación distribuida.
- Modificaciones en contratos: Se establece que los contratos existentes deberán actualizarse en función de la futura metodología para el traslado del costo de compras de energía, con plazos específicos para su aplicación.
- Tratamiento diferenciado para comunidades energéticas: Se regulan distintas modalidades de reconocimiento y comercialización de excedentes según la capacidad instalada y el tipo de fuente energética (renovable o no), con límites técnicos definidos por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
- Procedimientos para la liquidación, facturación y recaudación: Se ajustan variables técnicas y metodológicas relacionadas con la generación real y la demanda comercial para reflejar adecuadamente la participación de autogeneradores y comunidades energéticas.
- Implementación técnica: El Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) dispondrá de un plazo de tres meses para realizar los ajustes necesarios para la correcta aplicación de la resolución.
Base legal y normativas relacionadas
La resolución se fundamenta en las leyes 142 y 143 de 1994, que regulan los servicios públicos domiciliarios y el sector de energía y gas, respectivamente. También se apoya en la Ley 1715 de 2014, que promueve las fuentes no convencionales de energía renovable y establece la autogeneración y generación distribuida. Se consideran además decretos como el 348 de 2017 y el 2236 de 2023, así como resoluciones previas de la CREG y la UPME, las cuales definen límites técnicos y criterios para la conexión y operación de los diferentes agentes del mercado eléctrico.
Modificaciones y plazos de aplicación
La resolución modifica artículos y anexos específicos de las resoluciones CREG 174 de 2021 y CREG 101 072 de 2025. La entrada en vigor es inmediata tras su publicación, pero la aplicación de las disposiciones técnicas relacionadas con la liquidación y facturación iniciará tres meses después, periodo en el cual el ASIC realizará los ajustes pertinentes. Además, se establece un periodo de transición para la aplicación de la metodología del precio promedio ponderado, que se implementará una vez se expida la resolución correspondiente para el traslado del costo de compras de energía.
Impacto potencial
Con estas modificaciones, la CREG busca fortalecer el marco regulatorio que impulsa la autogeneración y la integración de comunidades energéticas, facilitando la participación de pequeños y medianos generadores en el mercado eléctrico. Esto contribuye a la diversificación energética, fomenta el uso de fuentes renovables y promueve la eficiencia y competencia en el sector eléctrico nacional, alineándose con los objetivos constitucionales y legales de garantizar servicios públicos eficientes y sostenibles para todos los habitantes.
En suma, la Resolución 101 087 de 2025 representa un paso importante en la actualización y armonización de la regulación del sector eléctrico colombiano, adaptándose a las nuevas dinámicas del mercado y a las políticas de transición energética vigentes. Se espera que esta medida impulse un desarrollo más equitativo y sostenible del sistema energético nacional, beneficiando tanto a los usuarios como al medio ambiente.