Consejo de Estado anula liquidación unilateral de convenio interadministrativo entre municipio y departamento de Antioquia
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:10:42
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado, en segunda instancia, en Bogotá, el 25 de noviembre de 2025. El caso surgió a partir de un recurso de apelación interpuesto por un municipio de Antioquia contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia, que en primera instancia había negado las pretensiones del municipio frente al departamento de Antioquia.Antecedentes fácticos y procesales
El conflicto nace por el convenio interadministrativo de cofinanciación suscrito el 7 de diciembre de 2018 entre el departamento y el municipio, cuyo objeto era la pavimentación de vías terciarias en zonas rurales. El departamento se comprometió a aportar recursos económicos, mientras que el municipio debía ejecutar las obras y aportar recursos en especie. El convenio establecía que la liquidación debía realizarse de común acuerdo dentro de los doce meses siguientes a su vencimiento. Sin embargo, el departamento dictó en abril de 2021 una resolución mediante la cual liquidó unilateralmente el convenio y ordenó al municipio reintegrar la totalidad de los aportes económicos debido a la ejecución parcial de las obras. El municipio demandó la nulidad de la resolución, alegando, entre otros argumentos, la falta de competencia del departamento para efectuar la liquidación unilateral y la correcta inversión parcial de los recursos en las obras ejecutadas.Consideraciones jurídicas de la decisión
El Consejo de Estado examinó principalmente dos aspectos: la competencia para realizar la liquidación unilateral y la prueba sobre la ejecución y valoración de las obras. Primero, se determinó que el convenio interadministrativo, por su naturaleza asociativa entre entidades públicas...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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