Consejo de Estado revoca auto que rechazó demanda por subsanación incompleta en proceso contra Municipio de Rionegro
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:12:39
Providencia de segunda instancia en proceso contencioso administrativo
La Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia para decidir recursos de apelación, analizó un auto proferido por el Tribunal Administrativo de Antioquia, Sala Sexta de Decisión, que rechazó una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada contra actos administrativos emitidos por el Municipio de Rionegro.Antecedentes fácticos y procesales
La demandante impugnó varios oficios del municipio relacionados con la devolución de pagos de impuesto predial correspondientes a vigencias entre 2019 y 2023, además de la negación de recursos de reconsideración interpuestos contra esos actos. El Tribunal Administrativo inadmitió inicialmente la demanda porque la apoderada no allegó el poder especial para demandar, documento que debía incluir, entre otros requisitos, la dirección de correo electrónico del apoderado y del poderdante conforme a las normas procesales vigentes. La parte demandante presentó un memorial de subsanación mediante correo electrónico, en el que indicó que el poder había sido adjuntado con el escrito inicial y que sería remitido nuevamente. Sin embargo, el Tribunal consideró que la subsanación no fue adecuada, pues el poder allegado estaba dirigido a otra entidad y no facultaba para presentar la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra el municipio. Por ello, anunció el rechazo de la demanda. La demandante interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación, argumentando que la omisión fue un defecto técnico y meramente instrumental, que no afecta la validez del poder otorgado, y que la subsanación fue realizada de buena fe y dentro del plazo legal. Además, resaltó que la legislación...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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