Consejo de Estado admite recurso de apelación en proceso de pérdida de investidura de concejal de Apartadó
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:13:6
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, instancia encargada de conocer en segunda instancia los recursos de apelación en procesos administrativos, incluyendo los relacionados con la pérdida de investidura. En este caso, la decisión se tomó el tres de diciembre de 2025 en la capital del país. El proceso se originó en el Tribunal Administrativo de Antioquia, cuya Sala Plena negó inicialmente la solicitud de pérdida de investidura de un concejal del municipio de Apartadó para el periodo 2024-2027. Contra esta sentencia, el accionante interpuso recurso de apelación, que fue remitido al Consejo de Estado para su estudio y decisión.Antecedentes fácticos y procesales
El accionante ejerció el medio de control previsto en el artículo 143 de la Ley 1437 de 2011, solicitando la pérdida de investidura del concejal en cuestión. La sentencia de primera instancia, emitida el 11 de agosto de 2025, negó las pretensiones de la demanda. Posteriormente, el recurso de apelación fue presentado el 21 de agosto de 2025, dentro del término legal de diez días siguientes a la notificación electrónica de la sentencia, realizada el 12 de agosto del mismo año. El magistrado sustanciador en primera instancia concedió la alzada y remitió el expediente al Consejo de Estado para su trámite.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el artículo 14 de la Ley 1881 de 2018, norma que regula el procedimiento de pérdida de investidura, estableciendo las reglas para la interposición y sustanciación del recurso de apelación. Dicha disposición indica que...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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