Consejo de Estado niega prelación de fallo a empresa de servicios públicos en liquidación
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:14:28
Providencia interlocutoria en segunda instancia del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, emitió un auto interlocutorio el 27 de noviembre de 2025, en el proceso identificado con el número único de radicación 08001-23-33-000-2019-00441-01. Este auto resuelve la solicitud de prelación de fallo presentada por una empresa de servicios públicos domiciliarios que se encuentra en proceso de liquidación.Antecedentes del caso
La empresa demandante, mediante apoderado judicial, interpuso un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra dos resoluciones expedidas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. La demanda buscaba la nulidad parcial de dichas resoluciones relacionadas con una investigación por silencio administrativo y la decisión sobre un recurso de reposición. En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Atlántico declaró la nulidad parcial de ciertos artículos de las resoluciones demandadas y modificó el monto de la sanción impuesta a la empresa. Tanto la empresa como la Superintendencia interpusieron recursos de apelación, los cuales fueron concedidos por el Tribunal, dejando el proceso en etapa de sentencia de segunda instancia. En este contexto, la apoderada de la parte actora solicitó que el Consejo de Estado le concediera prelación de fallo, argumentando que, al estar en proceso de liquidación, le sería aplicable el régimen de prelación previsto en el artículo 7º, inciso segundo, del Decreto 254 de 2000. Además, citó una providencia previa de la Sección Tercera del Consejo de Estado que consideraba a la empresa como entidad pública o privada con capital público, sosteniendo que cumplía con los requisitos para la prelación.Consideraciones jurídicas de la Sala
La Sala...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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