Consejo de Estado inadmite recurso extraordinario de revisión en caso de indemnización por obra pública
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:18:36
Providencia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado
El auto de inadmisión fue emitido por la Sala Dos Especial de Decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en Bogotá, el 4 de diciembre de 2025. La providencia responde a un recurso extraordinario de revisión interpuesto contra una sentencia del 17 de octubre de 2023, que confirmó la negativa de una acción de reparación directa promovida por un grupo de comerciantes de la zona del puente San Jorge, en el municipio de La Apartada, Córdoba.Antecedentes fácticos y procesales
Los comerciantes afectados solicitaron indemnización por presuntos daños económicos derivados de la construcción de una obra pública a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías). Sin embargo, tanto el Tribunal Administrativo de Córdoba como la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado negaron las pretensiones indemnizatorias. La decisión se basó en la falta de acreditación del ejercicio efectivo de actividades comerciales en las inmediaciones del antiguo puente y la imposición de una carga excesiva que excediera el deber de soportar. La recurrente, representante del grupo, interpuso el recurso extraordinario de revisión sustentado en la causal de nulidad originada en la sentencia, señalando que la providencia vulneró el principio de congruencia al pronunciarse sobre aspectos no objeto de apelación, como la calidad de comerciantes y la existencia del daño económico. Asimismo, alegó que el Consejo de Estado omitió valorar pruebas documentales presentadas que demostrarían el perjuicio y el nexo causal con la obra pública.Consideraciones jurídicas y razones de la decisión
El recurso extraordinario de revisión...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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