Consejo de Estado declara impedimento de magistrada por vínculo familiar con contratista del Ejército Nacional
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:19:25
Providencia dictada por la Sala Veintisiete Especial de Decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, en su Sala Veintisiete Especial de Decisión, emitió un auto que declara fundado el impedimento manifestado por una magistrada para intervenir en un recurso extraordinario de revisión. La decisión fue adoptada el 18 de noviembre de 2025 y corresponde a un proceso en segunda instancia contra una sentencia proferida en 2021 en un caso de reparación directa.Antecedentes del proceso
El asunto se originó a partir de un recurso extraordinario de revisión interpuesto en enero de 2024 contra una sentencia del Consejo de Estado relacionada con un proceso de reparación directa donde la Nación, representada por el Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional, era parte demandada. La magistrada asignada para conocer el caso manifestó su impedimento por encontrarse incursa en la causal prevista en el numeral 4 del artículo 130 de la Ley 1437 de 2011.Fundamentos y consideraciones jurídicas
La causal invocada se fundamenta en que un familiar directo de la magistrada, específicamente un hermano, mantiene un contrato de prestación de servicios como médico general con las Fuerzas Militares, entidad demandada en el proceso. El numeral 4 del artículo 130 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) establece que el juez debe declararse impedido cuando su cónyuge, compañero permanente, o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad tengan la calidad de asesores, contratistas o socios mayoritarios de alguna de las partes o terceros interesados del proceso. La Sala recordó que los impedimentos son garantías procesales esenciales para preservar los principios de imparcialidad e...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias