Consejo de Estado admite demanda de nulidad contra decreto y resolución sobre trámites de contadores
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:34:8
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, en su Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo, es el tribunal encargado de conocer la demanda presentada mediante el medio de control de nulidad, en ejercicio de lo previsto en el artículo 135 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Esta instancia tiene competencia para revisar decretos y actos de carácter general cuya revisión no corresponda a la Corte Constitucional, conforme al artículo 111 del mismo código.Antecedentes del caso
La demanda fue interpuesta por un ciudadano contra dos disposiciones: el artículo 3° del Decreto 1235 de 15 de mayo de 1991, expedido por el Presidente de la República junto con los ministros de Hacienda y Crédito Público y de Educación Nacional; y la Resolución D-0002-2025, expedida por la Directora General de la Junta Central de Contadores. Se solicitó la nulidad de dichos actos, así como la suspensión provisional de sus efectos, por supuesta inconstitucionalidad. Inicialmente, la demanda fue inadmitida por no cumplir con los requisitos formales, pero luego fue corregida y presentada nuevamente.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado analizó el marco normativo aplicable, destacando el artículo 135 del CPACA, que regula la nulidad por inconstitucionalidad. Este precepto establece que los ciudadanos pueden solicitar la nulidad de decretos de carácter general expedidos por el Gobierno Nacional o de actos generales expedidos por otras entidades, siempre que se trate de reglamentos autónomos o constitucionales, es decir, normas que desarrollan directamente la Constitución sin existir una ley previa. Asimismo, la Sala recordó que la jurisprudencia ha precisado los presupuestos...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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