Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión en caso de reconocimiento de pensión gracia
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:40:54
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 10 de octubre de 2025, el Consejo de Estado, máxima autoridad en lo contencioso administrativo, emitió un auto mediante el cual admitió un recurso extraordinario de revisión presentado por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). Esta providencia se dictó en la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, instancia de revisión dentro del proceso judicial identificado con el radicado 11001-03-25-000-2019-00965-00.Antecedentes fácticos y procesales
La UGPP presentó el recurso extraordinario de revisión el 29 de noviembre de 2019 contra la sentencia emitida el 10 de julio de 2019 por el Tribunal Administrativo de Nariño, en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho relacionado con el reconocimiento de una pensión gracia. La sentencia de primera instancia había sido ejecutoriada el 1° de agosto de 2019. El recurso de revisión se fundamentó en causales previstas en los literales a) y b) del artículo 20 de la Ley 797 de 2003, que regulan este medio de impugnación excepcional. Además, se verificó el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 252 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), tales como la presentación oportuna del escrito, la designación de las partes, la indicación precisa y razonada de las causales invocadas y la anexión de los poderes y pruebas pertinentes.Consideraciones de la providencia
El auto destaca que, tras la revisión de los documentos y el cumplimiento de los requisitos legales, procede admitir el recurso extraordinario de revisión. La decisión se basa en la constatación de...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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