Consejo de Estado niega medida cautelar contra acuerdo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:43:52
Contexto y competencia
El auto fue proferido por la magistrada ponente de la Subsección C de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, en el marco de un proceso de nulidad simple. La demanda fue presentada contra el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, cuestionando la constitucionalidad de ciertos artículos del Acuerdo 05 de 2022, que regulaba la prestación de servicios de salud y seguridad social para el régimen especial de los maestros.Antecedentes fácticos y procesales
La demanda se originó en enero de 2024 y planteó que las disposiciones del Acuerdo 05 de 2022 vulneraban principios constitucionales tales como la libre competencia, la libre actividad económica, el desarrollo empresarial y la función administrativa, consagrados en los artículos 209 y 333 de la Constitución Política. Se alegó que la norma restringía la participación de particulares en la contratación pública al limitar la adjudicación a un único operador por región, lo que afectaba la igualdad y la pluralidad de oferentes previstas en el artículo 29 de la Ley 80 de 1993. El demandante solicitó la suspensión provisional de los efectos del Acuerdo 05 de 2022 como medida cautelar para evitar perjuicios irreparables durante el trámite judicial. Sin embargo, durante el proceso, la entidad demandada informó que el Acuerdo 03 de 2024 derogó expresamente el Acuerdo 05 de 2022, entre otros, dejando sin objeto la solicitud de suspensión.Consideraciones jurídicas de la providencia
La magistrada ponente recordó que las medidas cautelares, reguladas en los artículos 229 y 230 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), tienen como...Más noticias sobre Derecho Administrativo
No se encontraron sugerencias