Consejo de Estado ordena acumulación de procesos sobre nulidad de decreto minero-ambiental
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:44:16
Contexto y tribunal competente
El auto interlocutorio fue expedido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, máxima instancia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo en Colombia. Esta providencia se enmarca en la etapa inicial de los procesos de nulidad instaurados contra el Decreto 044 de 30 de enero de 2024, expedido por el Gobierno Nacional a través del Presidente de la República y los Ministerios de Minas y Energía y de Ambiente y Desarrollo Sostenible.Antecedentes fácticos y procesales
Tres demandas de nulidad fueron presentadas por distintos actores, incluyendo organizaciones gremiales del sector minero y ciudadanos, impugnando el mencionado decreto que regula las reservas temporales de recursos naturales en el contexto minero-ambiental. Las demandas fueron admitidas y se contestaron por la parte demandada, es decir, el Estado representado por las entidades gubernamentales responsables. Previamente, uno de los procesos fue acumulado a otro expediente similar por decisión del mismo despacho judicial. Además, una fundación dedicada al derecho solicitó y obtuvo la aceptación para actuar como coadyuvante en defensa de las pretensiones de los demandantes.Consideraciones legales para la acumulación
El Consejo de Estado fundamentó la acumulación de procesos en los artículos 148 y siguientes del Código General del Proceso (CGP), aplicando su jurisprudencia sobre la materia. Los requisitos esenciales para acumular procesos incluyen:- Tramitación por el mismo procedimiento y en la misma instancia.
- Conexidad en las pretensiones y coincidencia en la parte demandada.
- Existencia de identidad en los hechos y en las excepciones propuestas.
- Que la solicitud provenga de alguna de las partes o que se decreten de oficio.
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