Consejo de Estado fija litigio sobre deducción fiscal en inversiones de energía no convencional
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:49:47
Contexto y tribunal competente
El auto fue emitido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, en la instancia de trámite del proceso contencioso administrativo radicado bajo el número 11001-03-27-000-2024-00078-00. En este procedimiento, la sociedad demandante solicitó la nulidad de un concepto administrativo proferido por la DIAN.Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó tras la presentación de una demanda contra el concepto 005203 (597) del 29 de julio de 2024, mediante el cual la DIAN resolvió negativamente una consulta sobre la posibilidad de que los contribuyentes del impuesto sobre la renta apliquen la deducción prevista en el artículo 11 de la Ley 1715 de 2014 en el mismo año en que se realiza la inversión en generación de energía eléctrica con fuentes no convencionales. La autoridad tributaria interpretó que el beneficio fiscal debe aplicarse a partir del año gravable siguiente a la inversión, y no en el año de esta. La demandante alegó que esta interpretación es errónea y que la deducción puede aplicarse desde el mismo año de la inversión, siempre que se respeten los límites temporales establecidos. Respecto al proceso, la demandante aportó como prueba el acto administrativo cuestionado, mientras que la DIAN no solicitó la práctica de pruebas adicionales. Por ello, el despacho judicial consideró que el asunto es de puro derecho y procedió a prescindir de la audiencia inicial para aplicar la figura de la sentencia anticipada, conforme al artículo 182A del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.Consideraciones del auto y fijación del litigio
El auto expone que la demanda invoca la...Más noticias sobre Derecho Tributario
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