Consejo de Estado rechaza recusación contra magistrados en proceso de nulidad electoral en San Andrés
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:50:19
Providencia en el Consejo de Estado y contexto procesal
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en auto fechado el 27 de noviembre de 2025, resolvió las recusaciones formuladas en el proceso de nulidad electoral radicado bajo el número 11001 03 28 000 2023 00103 00. En este proceso, que se adelantó en la instancia de segunda y única, se declaró la nulidad de la elección del gobernador del departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina para el periodo 2024-2027. El proceso se originó a partir de una demanda interpuesta en ejercicio del medio de control de nulidad electoral previsto en el artículo 139 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Mediante sentencia del 3 de abril de 2025, la Sección Quinta declaró la nulidad del acta de escrutinio que proclamó al gobernador electo. Posteriormente, se presentaron varias solicitudes de aclaración y adición, así como acciones de tutela relacionadas con la ejecución de dicha sentencia.Antecedentes de la recusación
La recusación fue interpuesta por el demandado y el director jurídico de un partido político contra los magistrados de la Sección Quinta que conocieron y fallaron el proceso de nulidad electoral. Se invocaron como causales los numerales 1 y 12 del artículo 141 del Código General del Proceso (CGP):- Interés directo o indirecto en el proceso (numeral 1).
- Haber dado concepto o intervención fuera de la actuación judicial sobre el asunto (numeral 12).
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