Consejo de Estado admite demanda contra acto administrativo del Ministerio de Minas y Energía
Proviene de: Sentencias
15 de diciembre de 2025 19:51:16
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, en su Sección Primera de lo Contencioso Administrativo, es la autoridad jurisdiccional que conoció y admitió la demanda de nulidad presentada en ejercicio del medio de control previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La providencia que admite la demanda se expidió en segunda instancia, en el marco del proceso contencioso administrativo.Antecedentes fácticos y procedimentales
La demanda fue instaurada contra el oficio MME 1-2024-048348, fechado el 20 de noviembre de 2024, mediante el cual el Ministerio de Minas y Energía concluyó que no existían motivos para declarar la pérdida de fuerza de ejecutoria del Decreto 429 de 2024, debido a la supuesta desaparición de sus fundamentos de derecho. Previamente, el Consejo de Estado había inadmitido la demanda por incumplimiento de requisitos formales, decisión que fue subsanada por el demandante mediante corrección oportuna del escrito inicial. El demandante alegó que la nulidad del acto administrativo impugnado debería implicar la cesación de efectos del Decreto 429 de 2024, suscrito por el Presidente de la República y el Ministro de Minas y Energía, solicitando la vinculación del primer mandatario como litisconsorte necesario en el proceso.Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado determinó que el acto administrativo objeto de la demanda fue expedido exclusivamente por el Ministerio de Minas y Energía y no por el Presidente de la República, por lo que no procede la vinculación de este último como litisconsorte necesario. Además, aclaró que la eventual declaración de nulidad del oficio ministerial no tendría efectos sobre el Decreto...Más noticias sobre Derecho Administrativo
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