Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de Salud y Protección Social en 2025, propondría modificaciones al Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social. En específico, se adicionaría el Capítulo 7 al Título 2 de la Parte 5 del Libro 2 y se modificarían los artículos 2.1.11.1, 2.1.11.2, 2.1.11.3, 2.1.11.11 y 2.5.2.3.5.2. Estas disposiciones estarían orientadas a la operación del aseguramiento en salud con un enfoque diferenciado según criterios territoriales y poblacionales.
El fundamento constitucional y legal incluiría los artículos pertinentes de la Constitución Política, las Leyes 100 de 1993, 1122 de 2007, 1438 de 2011, 1751 de 2015 y 1966 de 2019, así como decretos y normas reglamentarias relacionadas con la organización y regulación del sistema de salud en Colombia.
Tema y propósito principal del proyecto
El proyecto tendría como propósito implementar mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud con enfoque territorial y poblacional, procurando garantizar la equidad, la sostenibilidad financiera y el acceso efectivo a los servicios de salud. Además, definiría las reglas para la asignación de afiliados a las Entidades Promotoras de Salud (EPS) u organismos equivalentes, en función de la categorización poblacional y territorial.
Este enfoque atendería a las particularidades geográficas y demográficas de departamentos, distritos y municipios, incluyendo zonas dispersas con baja densidad poblacional, así como a la necesidad de fortalecer el aseguramiento público y la prestación de servicios en dichos territorios.
Modificaciones y medidas específicas planteadas
Entre las modificaciones, el proyecto propondría:
- Incorporar un capítulo específico que establezca criterios diferenciados para la operación del aseguramiento según categorías poblacionales departamentales, distritales y municipales, basados en rangos de población y participación de EPS.
- Establecer límites máximos de EPS autorizadas en los diferentes territorios, con criterios para mantener autorizaciones vigentes según porcentaje de afiliados a nivel nacional y local.
- Actualizar la autorización de funcionamiento de las EPS mediante actos administrativos que reflejarían el ámbito territorial y régimen de afiliación autorizado, con vigencia de cinco años y posibilidad de renovación sujeta a cumplimiento de condiciones.
- Regular la asignación especial de afiliados a EPS receptoras, con criterios técnicos que mantendrían integrados los grupos familiares y garantizarían la continuidad del aseguramiento, incluyendo mecanismos para la asignación proporcional y aleatoria en casos especiales (pacientes de alto costo y gestantes).
- Permitir solicitudes de retiro de municipios por parte de las EPS, sujetas a evaluación y aprobación por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, con requisitos específicos para la gestión del proceso y continuidad del aseguramiento.
- Modificar procedimientos para la asignación de afiliados en casos de retiro, revocatoria o liquidación de EPS, coordinando la entrega de bases de datos y la distribución de afiliados entre EPS receptoras autorizadas.
- Establecer medidas transitorias relativas a la disminución temporal en los porcentajes de patrimonio adecuado para las EPS que reciban afiliados en asignaciones especiales.
- Fortalecer el sistema de seguimiento y monitoreo de la operación del aseguramiento en salud, incluyendo el desarrollo de indicadores de experiencia ciudadana relacionados con satisfacción, accesibilidad y calidad percibida.
Participación de actores clave en la implementación y supervisión
El proyecto indicaría que las disposiciones serían aplicables a las Entidades Promotoras de Salud o quienes hagan sus veces, la Superintendencia Nacional de Salud en su función de inspección, vigilancia y control, las entidades territoriales departamentales y distritales en sus competencias, así como a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
El Ministerio de Salud y Protección Social coordinaría la definición de criterios, la actualización de autorizaciones, la asignación de afiliados y el seguimiento de la operación del aseguramiento, en conjunto con la Superintendencia y ADRES.
Información adicional y participación ciudadana
Aunque el proyecto no especificaría un periodo formal para comentarios públicos en el texto proporcionado, la ciudadanía y actores interesados podrían acceder al texto completo a través de los canales oficiales del Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud. Se esperaría que se habilitaran mecanismos para recibir observaciones y contribuir al proceso de elaboración normativa conforme a los procedimientos legales vigentes.
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Este proyecto de decreto, en caso de ser aprobado, introduciría un marco normativo que buscaría adaptar la operación del aseguramiento en salud a las realidades territoriales y poblacionales del país, fortaleciendo la equidad y sostenibilidad del sistema. Cabe recordar que estas disposiciones aún no estarían vigentes y dependerían del trámite y aprobación correspondiente, por lo que los interesados deben estar atentos a las publicaciones oficiales para conocer su evolución y eventual puesta en marcha.