Corte Constitucional confirma improcedencia de tutela contra providencia judicial en proceso ejecutivo minero
Proviene de: Sentencias
26 de diciembre de 2025 11:7:23
Competencia y naturaleza de la providencia
La decisión fue proferida por la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, mediante Sentencia T-490 de 2025. Esta providencia revisa y confirma las sentencias anteriores dictadas por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá en primera instancia y la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia, que declararon improcedente la acción de tutela contra varias providencias emitidas por el Juzgado 27 Civil del Circuito de Bogotá dentro de un proceso ejecutivo.Antecedentes fácticos y procesales
La controversia se originó en un proceso ejecutivo promovido por una empresa operadora minera contra la Comercializadora Internacional por incumplimiento de un contrato de operación minera. El juzgado libró mandamiento de pago, decretó medidas cautelares sobre un título minero y ordenó continuar la ejecución, motivado, entre otras razones, en la falta de presentación de excepciones de mérito por parte de la demandada. La comercializadora interpuso acción de tutela contra dichas providencias, alegando violaciones al derecho al debido proceso y al acceso a la administración de justicia. La tutela cuestionaba la validez del título ejecutivo, señalaba una presunta maniobra fraudulenta por parte de la empresa demandante basada en la ocultación de un laudo arbitral y un proceso declarativo paralelo, y criticaba la negativa del juez a realizar la revisión oficiosa del título ejecutivo o proferir sentencia anticipada. Las instancias judiciales previas declararon improcedente la tutela. El Tribunal Superior de Bogotá fundamentó su decisión en la falta de agotamiento de los mecanismos ordinarios de defensa en...Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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