Corte Constitucional declara carencia de objeto en tutela sobre derechos de mujer transgénero migrante víctima de trata y ordena medidas de protección en caso de su retorno
Proviene de: Sentencias
26 de diciembre de 2025 21:55:55
Contexto y competencia del tribunal
La decisión fue adoptada por la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, en el marco del expediente T-11.278.717, en revisión de sentencias de primera y segunda instancia emitidas por el Juzgado 10 Administrativo Oral de Medellín y la Sala Quinta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, respectivamente.Antecedentes fácticos y procesales
La accionante, mujer transgénero, migrante venezolana, afrodescendiente, diagnosticada con VIH y presunta víctima de trata de personas, interpuso acción de tutela solicitando protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, no discriminación, salud, debido proceso, integridad personal, dignidad humana, personalidad jurídica e identidad de género diversa. Su historia refleja desplazamientos forzados internos y regionales, donde fue víctima de explotación sexual y sometida a condiciones de vulnerabilidad extrema. A pesar de múltiples intentos de atención por parte de autoridades municipales, ministeriales y organismos de protección, la atención integral requerida nunca se materializó plenamente. En el marco de su solicitud de refugio presentada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, obtuvo salvoconductos temporales expedidos por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, pero enfrentó demoras administrativas y barreras para su renovación, además de presuntas conductas discriminatorias por parte de funcionarios. Durante el trámite de la acción de tutela, la accionante salió del país, situación que modificó las condiciones iniciales del proceso.Consideraciones jurídicas principales
El tribunal constató el cumplimiento de los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela, admitiendo la legitimación activa y pasiva de las partes, así como la inmediatez y subsidiariedad. No obstante, ante la salida de la accionante del país, la...Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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