Corte Constitucional revoca sentencias sobre responsabilidad estatal en casos de minas antipersonal en Putumayo y Cauca
Proviene de: Sentencias
26 de diciembre de 2025 11:11:38
Contexto y competencia
La Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales, estudió dos acciones de tutela acumuladas contra providencias judiciales emitidas por los Tribunales Administrativos de Nariño y del Cauca. Las acciones fueron interpuestas por familiares de víctimas fallecidas debido a la activación de minas antipersonal en los departamentos de Putumayo y Cauca, respectivamente. Estos familiares solicitaron el amparo de sus derechos fundamentales, argumentando defectos en las decisiones judiciales que negaron la responsabilidad estatal y la reparación integral.Antecedentes de los casos
En el primer caso, la víctima falleció tras la detonación de una mina antipersonal en una zona rural de Putumayo. Los familiares promovieron demanda de reparación directa contra la Nación, representada por el Ministerio de Defensa, Ejército y Armada Nacionales. Inicialmente, el juez de primera instancia declaró la responsabilidad del Estado por falla en el servicio, fundamentado en la omisión de medidas de prevención y vigilancia en un área con presencia militar activa y hostilidades armadas. Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Nariño revocó dicha sentencia, argumentando la ausencia de prueba suficiente sobre que la mina estuviera dirigida contra agentes estatales. En el segundo asunto, la víctima falleció en una vereda del municipio de Buenos Aires (Cauca), producto de la explosión de un artefacto explosivo en un área con presencia estable de la Brigada Móvil del Ejército Nacional. La demanda de reparación directa fue dirigida contra la Nación, la Presidencia de la República y el municipio. El juez de primera instancia declaró responsable a la Nación por omisión en la prevención y desminado, mientras que...Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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