Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público el 19 de diciembre de 2025, se enfocaría en la autorización para la emisión de Títulos de Tesorería -TES- Clase B para la vigencia fiscal del año 2026. Este proyecto modificaría y complementaría el marco normativo establecido en el artículo 146 de la Ley 1753 de 2015, que permanece vigente tras la Ley 2294 de 2023, y se sustenta en las facultades otorgadas por el literal b) del artículo 6 de la Ley 51 de 1990 y el artículo 10 de la Ley 2559 de 2025.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto de decreto tendría como objetivo principal ordenar la emisión de "Títulos de Tesorería -TES- Clase B" hasta por un monto de cuatro billones de pesos colombianos ($4.000.000.000.000), destinados a efectuar operaciones de Transferencia Temporal de Valores para la vigencia fiscal de 2026. Esta medida buscaría fortalecer el mecanismo conocido como Esquema de Transferencia Temporal de Valores, que funcionaría como un programa de prestamista de última instancia para situaciones temporales de escasez de referencias específicas de títulos de deuda pública en el mercado local.
Los principales beneficiarios serían los agentes del mercado de deuda pública, especialmente los inversionistas institucionales y otros participantes que requieren herramientas para administrar sus portafolios y mantener la liquidez en el mercado secundario.
Modificaciones y características financieras propuestas
Entre las disposiciones relevantes del proyecto se incluirían:
- Emisión de títulos en moneda legal colombiana, moneda extranjera o Unidad de Valor Real (UVR).
- Los títulos tendrían un plazo mínimo original de un año y serían libremente negociables en el mercado de capitales colombiano.
- Se establecerían cuantías mínimas para la adquisición según la moneda de denominación (por ejemplo, mínimo quinientos mil pesos para títulos en moneda nacional).
- Las tasas máximas de interés estarían sujetas a los límites del mercado y a las directrices de la Junta Directiva del Banco de la República.
- La colocación de los títulos podría realizarse directamente o mediante sistemas de oferta, remates o subastas, utilizando intermediarios legalmente habilitados.
Acciones y disposiciones del proyecto
El decreto establecería que los recursos provenientes de la colocación de estos títulos no podrían ser utilizados para financiar apropiaciones del Presupuesto General de la Nación. Además, permitiría que la administración de dichos títulos y sus cupones de rendimiento sea gestionada directamente por la Nación o mediante contratos fiduciarios con el Banco de la República u otras entidades nacionales o extranjeras.
Se autorizaría también a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional para depositar los recursos en el Banco de la República bajo la figura de depósito remunerado.
Participación de actores clave
La implementación y supervisión del esquema estarían a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, particularmente a través de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional. El Banco de la República desempeñaría un rol fundamental, tanto en la administración de los títulos como en la regulación de la liquidez del mercado, conforme a las facultades otorgadas por su Junta Directiva.
Información adicional y participación ciudadana
En cumplimiento de la Ley 1437 de 2011 y el Decreto Único Reglamentario 1081 de 2015, el proyecto de decreto habría sido publicado en la página web oficial del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para su consulta pública. Se establecería un periodo de dos días para recibir observaciones y comentarios de la ciudadanía y demás interesados, con el fin de garantizar la transparencia y la participación en el proceso normativo antes de su eventual expedición.
| Característica |
Detalle |
| Monto autorizado |
Hasta $4.000.000.000.000 COP |
| Denominación |
Moneda Legal Colombiana, Moneda Extranjera o UVR |
| Plazo mínimo |
Un (1) año |
| Cuantía mínima |
$500.000 COP (moneda nacional), US$1.000 (moneda extranjera), 10.000 UVR |
| Mercado de colocación |
Mercado de Capitales Colombiano |
| Administración |
Nación o contrato fiduciario con Banco de la República u otras entidades |
Este proyecto refleja el compromiso del gobierno colombiano por mantener la estabilidad y eficiencia del mercado de deuda pública, asegurando mecanismos adecuados para la gestión de liquidez y promoviendo la confianza de los inversionistas en los instrumentos financieros del país. Se espera que, tras el proceso de consulta pública, el decreto sea expedido en los primeros meses de 2026 para su implementación inmediata.