Propósito general del proyecto de resolución
El proyecto de resolución tiene como propósito general reglamentar el procedimiento para la declaración, liquidación y pago del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso en la importación (IPUSUI). Además, prescribe el formato denominado “Reporte de declaraciones de importación para la declaración y liquidación del IPUSUI”, que será utilizado por los importadores para cumplir con esta obligación tributaria.
Objetivo principal y grupos afectados
El objetivo principal es dar cumplimiento a las sentencias C-506 de 2023 y C-099 de 2025 de la Corte Constitucional, que modificaron el alcance del impuesto sobre productos plásticos de un solo uso, ampliando su hecho generador a todas las importaciones de estos productos, ya sea para consumo propio o para comercialización, incluyendo los envases, empaques y embalajes de bienes terminados. Este proyecto beneficia principalmente a los importadores de productos plásticos de un solo uso, al establecer mecanismos claros y eficientes para la liquidación y pago del impuesto, facilitando el cumplimiento tributario y asegurando la correcta recaudación.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto establece que el impuesto se causa en la fecha de nacionalización de los bienes importados y se calcula sobre la base del peso en gramos del plástico de un solo uso contenido en envases, empaques y embalajes. Define con precisión los conceptos de envase, empaque y embalaje para efectos de la liquidación. La fórmula para el cálculo del impuesto es:
| Valor del impuesto |
=(Qegr + Qpgr + Qbgr) 0.00005 UVT |
| Qegr |
Cantidad en gramos de plástico en envases de un solo uso |
| Qpgr |
Cantidad en gramos de plástico en empaques de un solo uso |
| Qbgr |
Cantidad en gramos de plástico en embalajes de un solo uso |
Además, se establece que para las importaciones realizadas mediante tráfico postal y envíos urgentes, los intermediarios serán responsables de liquidar y pagar el impuesto.
Acciones y regulaciones específicas
Los importadores deberán presentar anualmente el Formulario 330 “Declaración del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes”, junto con el formato anexo “Reporte de declaraciones de importación para la declaración y liquidación del IPUSUI”. Este reporte incluirá las declaraciones de importación aceptadas durante el año gravable y deberá estar sustentado por certificaciones expedidas por proveedores o transportadores que indiquen la cantidad exacta en gramos de plástico contenido en los envases, empaques y embalajes.
El pago se realizará a través del Formulario 490 “Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales” por medios electrónicos puestos a disposición por la DIAN. El proyecto también incluye disposiciones sobre exclusiones, exenciones y no causación del impuesto cuando el plástico esté certificado bajo el Certificado de Economía Circular (CEC).
Impacto esperado y alcance
Se espera que el proyecto facilite el cumplimiento de la obligación tributaria para los importadores, garantizando transparencia y coherencia entre la información declarada y la efectivamente importada. Así mismo, contribuye a la correcta administración y recaudación del tributo, alineándose con las directrices de la Corte Constitucional para asegurar eficiencia tributaria. La reglamentación tiene alcance nacional y aplica a todos los importadores de productos plásticos de un solo uso en el país, incluyendo aquellos que ingresan mercancías mediante modalidades especiales como tráfico postal.
Participación de actores clave
El proyecto fue elaborado y propuesto por la Dirección de Gestión Jurídica y la Dirección de Gestión de Aduanas de la DIAN, en cumplimiento de las facultades legales otorgadas por la Ley 2277 de 2022 y las sentencias constitucionales. Fue sometido a consulta pública en la página web de la DIAN para recibir comentarios de la ciudadanía, conforme a la normatividad vigente en materia de participación ciudadana.
La implementación de esta resolución fortalecerá la gestión tributaria en materia ambiental y aduanera, aportando claridad y seguridad jurídica a los sujetos pasivos del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso en la importación, y contribuirá al cumplimiento de los objetivos nacionales de sostenibilidad y reducción del impacto ambiental causado por el uso excesivo de plásticos desechables.