Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en 2025, modificaría el artículo 2.17.2.5.1.1. de la Sección 1 del Capítulo 5 del Título 2 de la Parte 17 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público. Esta norma regula el plazo para el registro de los cambios en los titulares, la destinación o la empresa receptora de inversiones y las cancelaciones de inversiones internacionales.
El Decreto 1068 de 2015, modificado previamente por el Decreto 119 de 2017, estableció un plazo máximo de seis meses para registrar estos cambios ante el Banco de la República, plazo cuyo incumplimiento puede generar sanciones cambiarias significativas.
Propósito y grupos afectados
El objetivo principal del proyecto sería eliminar el plazo perentorio de seis meses para el registro de sustituciones y cancelaciones de inversiones internacionales. Esto permitiría que estos registros pudieran realizarse en cualquier momento, siempre que la inversión se haya efectuado de manera efectiva y cumpla con la normativa vigente.
Esta modificación impactaría principalmente a los inversionistas de capital extranjero en Colombia y a los residentes que realicen inversiones en el exterior, así como a las empresas receptoras de dichas inversiones.
Cambios relevantes y disposiciones del proyecto
Entre las modificaciones más relevantes, el proyecto establecería que:
- Los inversionistas o sus apoderados podrían presentar ante el Banco de la República, en cualquier momento, la declaración de registro de inversiones iniciales o adicionales, cambios en titulares, destinación o empresa receptora, y cancelaciones.
- Las empresas receptoras también podrían presentar estas declaraciones en cualquier tiempo, de acuerdo con el procedimiento que...