Contexto y entidad emisora
La Resolución 3 de 2026 fue expedida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil) el 2 de enero de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.358 el 5 de enero de 2026. El acto administrativo fue firmado por la Dirección General encargada de la entidad, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, especialmente amparadas en la Ley 80 de 1993, Ley 489 de 1998, y varios decretos que regulan la administración pública y la contratación estatal en Colombia.
Objeto y alcance de la resolución
El tema central de esta resolución es la declaración de hábiles los días sábados 3, 10, 17, 24 y 31 de enero, así como el lunes 12 de enero de 2026, exclusivamente para la realización de trámites administrativos, presupuestales y contractuales en la Aerocivil. Esta habilitación excepcional responde a la necesidad de garantizar la legalidad y validez jurídica de los procesos contractuales en curso, en particular en materia de contratación estatal, durante un periodo en el que normalmente se consideraría inhábil para estos efectos.
Destinatarios y relevancia
La medida está dirigida principalmente a las dependencias, áreas administrativas y transversales de la Aerocivil que gestionan procesos contractuales y presupuestales. Estas áreas son esenciales para la preparación, aprobación, firma y perfeccionamiento de contratos estatales, por lo que asegurar la continuidad de sus actividades es fundamental para el cumplimiento de los objetivos institucionales y el desarrollo eficiente de la aviación civil en Colombia. El resto de las dependencias de la entidad mantienen sus jornadas habituales, destacando el carácter específico y limitado de la resolución.
Objetivo y fundamentación legal
El objetivo es facilitar y garantizar el desarrollo adecuado de los procesos contractuales necesarios para el normal funcionamiento de la entidad, en concordancia con el plan anual de adquisiciones y las normas legales aplicables. La resolución se fundamenta en preceptos constitucionales relativos a la función administrativa, en normas sobre la delegación de funciones, y en leyes y decretos que regulan la contratación estatal, tales como la Ley 80 de 1993 y la Ley 996 de 2005, que además establece restricciones a la contratación directa en periodos electorales, aspecto relevante dado el calendario electoral previsto para 2026.
Principales disposiciones
- Declaración de hábiles los sábados 3, 10, 17, 24 y 31, y el lunes 12 de enero de 2026, exclusivamente para trámites contractuales y presupuestales.
- La habilitación es únicamente para gestión institucional relacionada con contratación pública y no implica reconocimiento automático de trabajo suplementario o pago de horas extras.
- Responsabilidad de la Secretaría General, Dirección de Gestión de Talento Humano y jefes inmediatos para coordinar la programación y cumplimiento de la jornada.
- Posibilidad de que el personal atienda sus funciones de forma remota, según acuerdos con sus superiores.
- Aplicación exclusiva a las áreas administrativas vinculadas a la contratación estatal; demás dependencias mantienen sus horarios habituales.
- Mantenimiento de las normas y jornadas no expresamente modificadas por esta resolución.
Impacto potencial
Esta disposición contribuye a evitar retrasos en los procesos contractuales de la Aerocivil, garantizando que la entidad pueda cumplir con sus responsabilidades de manera oportuna y conforme a la legalidad. Además, responde a la necesidad de ajustar la gestión pública a los retos asociados con el calendario electoral de 2026, durante el cual existen restricciones legales para ciertos tipos de contratación. La medida busca equilibrar la eficacia administrativa con el respeto a los principios legales que rigen la función pública.
En resumen, la Resolución 3 de 2026 representa una acción administrativa concreta para asegurar la continuidad y validez jurídica de los procesos de contratación estatal en la Aerocivil durante un periodo crítico, facilitando la gestión institucional dentro del marco normativo vigente. Así, la entidad reafirma su compromiso con la transparencia, la eficiencia y el cumplimiento de la ley, claves para el desarrollo sostenible de la aviación civil en Colombia.