Instituto Geográfico Agustín Codazzi aprueba valores comerciales para actualización catastral en Chocontá, Cundinamarca
Proviene de: Resoluciones
9 de enero de 2026 19:14:18
Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La resolución fue expedida por la Dirección Territorial de Cundinamarca del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), bajo el número 25-000-0108-2025, con fecha 29 de diciembre de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.355 el 2 de enero de 2026.Tema principal y destinatarios
El asunto principal de esta resolución es la aprobación de los valores comerciales derivados del componente económico del proceso de actualización catastral con enfoque multipropósito para el municipio de Chocontá, Cundinamarca. El destinatario principal es la administración catastral del municipio, así como los propietarios de bienes inmuebles en la zona urbana y rural, ya que la actualización impacta directamente en la determinación del avalúo catastral y, por ende, en temas tributarios y de ordenamiento territorial.Objetivo y finalidad de la resolución
El propósito fundamental es establecer oficialmente los valores comerciales que servirán de base para la actualización catastral multipropósito, permitiendo la correcta valoración de los predios. Esta actualización busca garantizar una gestión catastral eficiente, que respalde la seguridad jurídica del derecho de propiedad, fortalezca los recursos fiscales locales y apoye los procesos de planeación territorial con perspectiva intercultural.Decisiones y regulaciones principales
La resolución contiene varias decisiones clave:- Aprobación de valores comerciales de terreno: Resultantes del estudio económico realizado mediante la metodología de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas, acorde con las normativas aplicables.
- Aprobación de tablas de valor comercial de construcción: Estas tablas definen los valores comerciales por tipologías constructivas para predios en las zonas urbana y rural.
- Adopción del avalúo catastral: Se establece que el avalúo catastral será el 60% del valor comercial, porcentaje mínimo permitido...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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