Entidad emisora y contexto normativo
La Resolución 3114 de 2026, publicada el 15 de enero de 2026 en el Diario Oficial No. 53.368, fue expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Esta entidad, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular las previstas en la Ley 1480 de 2011 y los Decretos 4886 de 2011 y 1074 de 2015, entre otros, actualiza la regulación que rige los Organismos Autorizados de Verificación Metrológica (OAVM). La resolución deroga la anterior Resolución 33882 de 2021 y modifica el Capítulo Quinto del Título VI de la Circular Única de la SIC.
Tema principal y destinatarios
El tema principal de la resolución es la regulación de los requisitos, obligaciones, responsabilidades y procedimientos relacionados con los OAVM, que son entidades acreditadas para realizar verificaciones metrológicas de instrumentos de medición sujetos a control legal. Esta norma está dirigida principalmente a los OAVM, productores, importadores, usuarios y titulares de instrumentos de medición en Colombia, así como a las autoridades encargadas del control metrológico.
Objetivo de la resolución
El objetivo es establecer un marco actualizado y claro para la designación, operación y supervisión de los OAVM, con el fin de garantizar que las verificaciones metrológicas se realicen con imparcialidad, competencia técnica y eficiencia. Además, busca corregir interpretaciones previas sobre la duración de la designación de estos organismos, asegurando que los plazos respondan a estudios técnicos y económicos específicos.
Decisiones y regulaciones clave
Entre las principales disposiciones destacan:
- Objeto y alcance: Se establecen los requisitos generales para la elegibilidad de los OAVM, así como sus obligaciones y el régimen de vigilancia aplicable.
- Definición y naturaleza: Los OAVM son personas jurídicas acreditadas por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) y designadas por la SIC para realizar actividades de verificación metrológica, sin facultades para imponer sanciones o tomar decisiones administrativas.
- Requisitos de elegibilidad: Incluyen la inclusión de la verificación metrológica en el objeto social, ausencia de incompatibilidades legales, compromiso de acreditación ante ONAC en un plazo máximo de un año, y capacidad económica y técnica.
- Obligaciones específicas: Comprenden realizar verificaciones conforme a reglamentos técnicos, mantener acreditación vigente, contar con personal competente y suficiente, garantizar imparcialidad e independencia, conservar documentación, y operar bajo un sistema de gestión de calidad.
- Subcontratación: Permitida de forma transitoria bajo estrictas condiciones y con obligación de informar a la SIC.
- Vigilancia y control: La SIC ejercerá funciones de inspección y supervisión, pudiendo imponer sanciones por incumplimiento.
- Tarifas y remuneración: Las tarifas por servicios de verificación serán fijadas anualmente por la SIC y sufragadas por los titulares de los instrumentos.
- Duración de la designación: El período será determinado en cada convocatoria pública, con base en estudios técnicos y económicos, evitando designaciones indefinidas o prórrogas automáticas.
Base legal y modificaciones previas
La resolución se fundamenta en varios cuerpos normativos, entre ellos la Constitución Política (artículo 78), la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), la Ley 1753 de 2015, los Decretos 4886 de 2011 y 1074 de 2015, y normas relacionadas con metrología legal y protección al consumidor. Además, corrige aspectos de la Resolución 33882 de 2021, principalmente en lo referente a la duración de la designación de los OAVM, y deroga esta última para actualizar el marco normativo según la experiencia acumulada y recomendaciones técnicas.
Plazos y vigencia
La nueva regulación entró en vigor desde su publicación en el Diario Oficial el 15 de enero de 2026. Los OAVM designados con anterioridad seguirán bajo la normativa vigente en sus actos administrativos hasta el fin de sus períodos respectivos. El plazo para que los OAVM acrediten ante el ONAC es de un año contado a partir de la notificación del acto administrativo de designación, sin posibilidad de prórrogas.
Impacto potencial
Con esta resolución, la Superintendencia de Industria y Comercio busca fortalecer el control metrológico en Colombia, garantizando que las verificaciones de instrumentos de medición se realicen de manera técnica, eficiente e imparcial. Esto contribuye a proteger los derechos de los consumidores y a asegurar transacciones comerciales justas basadas en mediciones confiables. A su vez, la regulación fomenta la transparencia y la competencia en la designación y operación de los OAVM, adaptando los plazos y requisitos a las condiciones reales del mercado y la tecnología.