Contexto y antecedentes del proyecto
El proyecto de decreto, anunciado en enero de 2026 por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, propondría modificar el Decreto 2555 de 2010 en materia del régimen de inversión en activos en el exterior de los fondos de pensiones obligatorias administrados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Esta modificación se enmarcaría en la normativa vigente, en particular la Ley 100 de 1993 y la Ley 1328 de 2009, que establecen el sistema de seguridad social integral y el esquema de multifondos para la administración del ahorro pensional.
El régimen actual permitiría una alta concentración de inversiones en activos en el exterior, cercana al 50% del portafolio total de los fondos, lo que plantearía desafíos en términos macroprudenciales, desarrollo productivo y profundización del mercado de capitales local. Asimismo, la economía colombiana enfrentaría bajos niveles de inversión y crecimiento potencial desacelerado, lo que haría necesario fomentar un mayor impulso a la inversión nacional, especialmente en sectores como infraestructura y construcción.
Tema principal y propósito del proyecto
El proyecto tendría como propósito principal limitar la proporción de inversiones en activos en el exterior para los cuatro tipos de fondos de pensiones obligatorias (conservador, moderado, de mayor riesgo y fondo especial de retiro programado) a un máximo global del 30% del valor total de dichos fondos administrados por cada AFP. Este límite buscaría fomentar una reasignación gradual de recursos hacia activos nacionales, con énfasis en proyectos productivos que tengan altos multiplicadores económicos y un impacto positivo en el PIB, tales como infraestructura, vivienda y energía.
El proyecto también contemplaría un régimen de transición de cinco años para que las AFP ajusten sus portafolios de inversión, incluyendo un umbral intermedio del 35% al tercer año. La iniciativa se enfocaría en preservar los principios de seguridad, rentabilidad, liquidez y diversificación que rigen el régimen de inversión de los fondos de pensiones, sin afectar la autonomía técnica de las AFP ni los derechos adquiridos de los afiliados y pensionados.
Modificaciones y medidas específicas propuestas
Entre las modificaciones más relevantes, el proyecto adicionaría los artículos 2.6.12.1.27 y 2.6.12.1.28 al Decreto 2555 de 2010, estableciendo:
- Un límite global del 30% para las inversiones en activos en el exterior, aplicado sobre el conjunto de los cuatro tipos de fondos de pensiones obligatorias administrados por cada AFP.
- Un régimen de transición progresivo que permitiría un límite del 35% hasta el tercer año y del 30% hasta el quinto año desde la entrada en vigencia del decreto.
- La obligación para las AFP de presentar a la Superintendencia Financiera un plan de ajuste en los tres meses siguientes a la entrada en vigencia, detallando las medidas para garantizar la seguridad, rentabilidad y liquidez durante el proceso de transición.
- La facultad del Ministerio de Hacienda para promover la creación de un banco de proyectos de inversión con enfoque productivo y convocar mesas interinstitucionales con AFP, sector privado y entidades públicas para facilitar la estructuración y canalización de inversiones nacionales.
- La posibilidad de que las AFP justifiquen técnicamente el incumplimiento temporal del límite global si existe riesgo para la seguridad, rentabilidad y liquidez del ahorro individual, bajo supervisión de la Superintendencia Financiera.
Participación de actores clave
El proyecto involucraría a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) como sujetos obligados a cumplir con el nuevo límite global y a presentar planes de ajuste. La Superintendencia Financiera de Colombia tendría a su cargo la inspección, vigilancia y control del cumplimiento del decreto, así como la supervisión de los planes de ajuste y la evaluación de posibles justificaciones técnicas en caso de incumplimiento.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público jugaría un papel activo en la promoción de instrumentos financieros y vehículos para canalizar el ahorro pensional hacia proyectos productivos nacionales, así como en la coordinación interinstitucional con el sector privado y otras entidades públicas para facilitar la estructuración de inversiones.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto estaría acompañado de una memoria justificativa y un documento técnico que sustentan los aspectos normativos, técnicos y económicos de la propuesta. Estos documentos incluirían estudios sobre experiencias internacionales, análisis del mercado local y evaluaciones de impacto macroeconómico y financiero.
Aunque el proyecto no indicaría explícitamente un periodo para comentarios públicos, la participación ciudadana podría realizarse a través de los canales oficiales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), entidades responsables de la elaboración y promoción de la norma.