Propósito general del proyecto
El proyecto de resolución tiene como objetivo principal ajustar las tarifas aplicables al Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM, así como al Impuesto Nacional al Carbono, sustituyendo los artículos 1.2.1.1.1. y 1.2.1.1.2. de la Sección 1 del Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 1 de la Resolución 227 de 2025. Esta actualización responde a la obligación legal de efectuar ajustes anuales conforme a la inflación y otros parámetros establecidos en la legislación tributaria colombiana.
Objetivo y beneficios del proyecto
El principal objetivo es mantener actualizadas las tarifas impositivas para estos combustibles fósiles, asegurando la correcta recaudación y aplicación de las disposiciones tributarias vigentes, en especial las previstas en la Ley 1607 de 2012, la Ley 1819 de 2016 y la Ley 2277 de 2022. Este ajuste contribuye a la estabilidad fiscal y a la adecuada implementación del régimen tributario en sectores clave como el transporte, la industria energética y actividades marítimas, además de incentivar el cumplimiento tributario.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto establece nuevas tarifas para el Impuesto Nacional a la Gasolina Corriente, Gasolina Extra y ACPM, así como para mezclas de ACPM con biocombustibles. Por ejemplo, la tarifa para la gasolina corriente se ajusta a $801,27 por galón, y para la gasolina extra a $1.520,78 por galón. Adicionalmente, se detallan tarifas específicas para combustibles utilizados en actividades marítimas y para el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
En cuanto al Impuesto Nacional al Carbono, se actualizan las tarifas por unidad de medida para cada tipo de combustible fósil, siguiendo el incremento del Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un punto porcentual, conforme a la gradualidad prevista en la legislación. Por ejemplo, la tarifa para el carbón se ajusta a $74.044,65 por tonelada.
Acciones y regulaciones propuestas
El proyecto dispone que estos ajustes tarifarios entren en vigencia a partir del primero de febrero de 2026, previa publicación en el Diario Oficial. Se mantiene la periodicidad anual de los ajustes, basados en la variación del IPC calculado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE). Se garantiza además la aplicación del régimen especial para combustibles usados en actividades marítimas y en el Archipiélago de San Andrés, conforme a las normas vigentes.
Impacto y alcance potencial
El ajuste tarifario impactará directamente a los sujetos obligados ante la DIAN que comercializan o utilizan gasolina, ACPM y otros combustibles fósiles. La actualización asegura la adecuación de los tributos al contexto económico actual, promoviendo la sostenibilidad fiscal y la coherencia con los objetivos ambientales a través del Impuesto Nacional al Carbono. Asimismo, facilita el correcto cumplimiento tributario en sectores estratégicos como el transporte, la pesca y la navegación marítima.
Participación de actores clave
El proyecto fue elaborado y revisado por la Dirección de Gestión Estratégica y de Analítica, la Subdirección de Estudios Económicos y la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN. Además, se publicó para recibir observaciones del público en cumplimiento de la Ley 1437 de 2011, garantizando la participación ciudadana en el proceso normativo. La Dirección General de la DIAN es la entidad competente para expedir la resolución final.
En conclusión, este proyecto normativo representa un paso técnico y legal necesario para actualizar las tarifas de impuestos nacionales sobre combustibles, en concordancia con los mandatos legales y las condiciones económicas actuales. Se espera que, una vez aprobado, contribuya a fortalecer la recaudación fiscal y a promover un uso más responsable y sostenible de los recursos energéticos en Colombia.