Consejo de Estado corrige auto sobre competencia en acción de cumplimiento y ordena remisión a juez administrativo competente
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 11:55:21
Providencia proferida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado
El pasado 15 de enero de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de instancia superior, emitió un auto mediante el cual corrigió una determinación anterior relacionada con la competencia funcional y territorial para conocer una acción de cumplimiento presentada contra un magistrado del Tribunal Administrativo del Huila. Esta acción buscaba que se ordenara el cumplimiento de una obligación legal en un proceso específico.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó con la presentación de una acción de cumplimiento, en ejercicio del derecho previsto en la Ley 393 de 1997, por parte de un ciudadano en contra de un magistrado del Tribunal Administrativo del Huila. La solicitud consistió en que se declarara la falta de cumplimiento del artículo 34 de la Ley 472 de 1998 por parte del magistrado demandado, y se ordenara la expedición de sentencia en un proceso identificado con un radicado específico.
Inicialmente, el Consejo de Estado declaró su falta de competencia para conocer el asunto en primera instancia, conforme a lo establecido en los artículos 152.14 y 155.10 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA), modificados por la Ley 2080 de 2021. En consecuencia, ordenó remitir el expediente a la Oficina Judicial de Ibagué para que fuera asignado a los jueces administrativos del circuito correspondiente.
Posteriormente, la juez administrativa encargada en Ibagué presentó una solicitud de corrección del auto remitido, señalando que el domicilio del demandante se encontraba en Neiva y no...
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