Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión en caso contra entidad hospitalaria
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:28:11
Contexto y competencia del Tribunal
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, conoció del recurso extraordinario de revisión interpuesto contra sentencia emitida por el Tribunal Administrativo en segunda instancia. Este recurso se dio en el marco de un proceso iniciado contra una entidad hospitalaria pública, por presuntos daños ocasionados en la prestación del servicio de salud.
La competencia para conocer del recurso se fundamenta en el artículo 249 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que señala que las secciones y subsecciones del Consejo de Estado conocen de los recursos extraordinarios de revisión contra sentencias ejecutoriadas proferidas por los Tribunales Administrativos. Además, el despacho actuó conforme al numeral 3 del artículo 125 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021, para decidir sobre la admisión del recurso, dado que se trata de una providencia interlocutoria.
Antecedentes fácticos y procesales
Los hechos se remontan a una demanda presentada en marzo de 2012 contra una Entidad Social del Estado (E.S.E.) dedicada a la prestación de servicios hospitalarios. La demanda solicitaba la declaración de responsabilidad y reparación directa por perjuicios relacionados con la pérdida de párpados y pestañas, atribuida presuntamente a una actuación negligente durante la atención médica.
La primera instancia, a cargo de un Juzgado Administrativo del Circuito Judicial, negó las pretensiones en agosto de 2018. Contra esta decisión, se interpuso recurso de apelación, y el Tribunal Administrativo confirmó la sentencia en abril de 2024, argumentando que no se demostró incumplimiento en los protocolos de atención o cuidado en salud por parte de la...
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